Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
07-12-2016

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161207-14

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 3537/2016, de 4 de noviembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se amplía la autorización para la implantación, modificación y cese de Proyectos Propios de Formación Profesional y Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, en centros concertados y privados de la Comunidad de Madrid a partir del año académico 2016-2017, complementaria a la Orden 1911/2016, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

La Orden 1911/2016, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de junio), autorizó la implantación, modificación y cese de proyectos propios de Formación Profesional en centros concertados y privados de la Comunidad de Madrid a partir del año académico 2016-2017.

Con posterioridad a la firma y publicación de la Orden 1911/2016, de 14 de junio, se han podido completar los expedientes de autorización de los proyectos de algunos centros que lo habían solicitado en los plazos establecidos.

Por ello, concurriendo circunstancias suficientes para modificar los proyectos propios autorizados, con carácter complementario a los ya autorizados por la Orden 1911/2016, de 14 de junio, en virtud de las competencias atribuidas a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte por el Decreto 100/2016, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno,

DISPONGO

Artículo 1

Autorización

1. Con efectos del inicio del curso 2016-2017, se autoriza:

a) La modificación de los proyectos que se autorizaron en el curso 2015-2016 de los centros concertados y privados que se relacionan en el Anexo I.

b) El cese de los proyectos que se autorizaron en el curso 2015-2016 de los centros concertados y privados que se relacionan en el Anexo II.

Artículo 2

Aplicación de la Orden 1911/2016, de 14 de junio

A todos los proyectos incluidos en el Anexo les es de aplicación lo preceptuado en los artículos 3, 4, 5, 6 y 7 de la Orden 1911/2016, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, referentes a las características de los proyectos propios, formación dual, implantación, programaciones docentes y diligencias en el expediente e historial académico de los alumnos.

Artículo 3

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el propio órgano que la ha dictado, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, computados ambos plazos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Habilitación

Se autoriza a la Dirección General competente sobre los centros privados y concertados a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas medidas sean precisas para la ejecución de lo establecido en la presente Orden.

Madrid, a 4 de noviembre de 2016.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR





(03/42.139/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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