Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
09-12-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161209-101

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13

101
Madrid número 13. Procedimiento 1.206 de 2011, notificación a Mundyproyect 2000, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Isabel de Diego Elvira, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid.

Doy fe: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento ordinario número 1.206 de 2011, seguido a instancias de don Miguel Ángel Moreno Flores y doña Isabel Sánchez Montilla, representados por la procuradora doña Mariluz Simarro Valverde, contra “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y “Cajamadrid”, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 720

En Madrid, a 6 de octubre de 2014.—Vistos por mí, doña María Soledad Escolano Enguita, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid, los autos de juicio ordinario número 1.206 de 2011, siendo parte demandante, don Miguel Ángel Moreno Flores y doña Isabel Sánchez Montilla, representados por la procuradora de los tribunales doña Mariluz Simarro Valverde y bajo la dirección del letrado don Francisco Damián Vázquez, y parte demandada, “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, y “Cajamadrid”, representada por la procuradora de los tribunales doña Marta Ortega Cortina y asistida del letrado don José Alberto Pérez Álvarez, sobre nulidad de contratos de compra y resolución de contrato de préstamo.

Fallo

Estimando sustancialmente la demanda interpuesta por don Miguel Ángel Moreno Flores y doña Isabel Sánchez Montilla, representados por la procuradora doña Mariluz Simarro Valverde, contra “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y “Cajamadrid”:

1. Declaro la nulidad de los contratos suscritos entre don Miguel Ángel Moreno Flores, doña Isabel Sánchez Montilla y “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, de fecha 3 de febrero de 2007, y asimismo, el contrato de financiación suscrito entre don Miguel Ángel Moreno Flores, doña Isabel Sánchez Montilla y la entidad bancaria “Cajamadrid”, de fecha 20 de marzo de 2007.

2. Condeno a las demandadas a estar y pasar por esta declaración y a abonar solidariamente a don Miguel Ángel Moreno Flores y doña Isabel Sánchez Montilla la cantidad que en ejecución de la sentencia se determine como importe de las cantidades que los demandados hayan abonado con causa en el préstamo cuya nulidad se declara hasta su total cancelación, más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda.

3. Todo ello con imposición de las costas de este juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, debiendo presentarse, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” con el número 2441/0030/ 04/1206/11, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial), encontrándose exentos de constituir el mismo los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que unirá certificación a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe estándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.616/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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