Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
09-12-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161209-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía y Hacienda

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto de 25 de noviembre de 2016 del delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria para el fomento de la intercooperación empresarial de la economía social.

BDNS (Identif.): 324923

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción y sus organizaciones representativas.

Segundo. Objeto.—El objeto de esta convocatoria, consiste en subvencionar:

Los gastos en los que se haya incurrido para la realización de la actividad objeto de la subvención.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El 50 por 100 de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 40.000 euros, distribuidos de la siguiente manera:

— Hasta 10.000 euros en concepto de gastos previos.

— Hasta 30.000 euros en concepto de gastos de puesta en marcha e implementación del proyecto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

— Año 2016: siete días naturales desde el día siguiente a la publicación del decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Año 2017: desde el 1 al 30 de septiembre.

— Año 2018: desde el 1 al 30 de junio.

Sexto. Otros datos.—Junto con la solicitud se presentará toda la documentación exigida en la convocatoria para la concesión de la ayuda y para la justificación del pago.

Madrid, a 25 de noviembre de 2016.—El delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Carlos Sánchez Mato.

(03/42.865/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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