Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
09-12-2016

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161209-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA CABRERA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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La Cabrera. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 22 de noviembre de 2016, acordó aprobar inicialmente el expediente de modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de impuestos, tasas y otros conceptos no tributarios para el ejercicio 2017, que se citan a continuación:

— Ordenanza fiscal número 2: impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Ordenanza fiscal número 4: impuesto de construcciones, instalaciones y obras.

— Ordenanza fiscal número 6: tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y por reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos y carga y descarga de mercancías.

— Ordenanza fiscal número 8: tasa por ocupación del dominio público con mesas, sillas, veladores y elementos análogos.

— Ordenanza fiscal número 11: tasa por ocupación del dominio público con instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico.

— Ordenanza fiscal número 14: tasa por prestación de los servicios de cementerio y tanatorio municipales.

— Ordenanza fiscal número 20: tasa por tratamiento de residuos procedentes de la actividad de recogida domiciliaria de podas, hierbas y césped.

Igualmente se aprobó la modificación de las siguientes ordenanzas municipales:

— Ordenanza municipal de convivencia ciudadana y medio ambiente.

— Ordenanza municipal reguladora de la creación de los ficheros de datos de carácter personal denominados “Videovigilancia de edificios públicos y vías públicas”.

De conformidad con el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete a información pública dicho acuerdo, así como las ordenanzas fiscales por plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

La Cabrera, a 24 de noviembre de 2016.—El alcalde, Gregorio Miguel Cerezo Hernández.

(03/41.598/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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