Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
14-12-2016

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161214-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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EXTRACTO de la Orden 3881/2016, de 5 de diciembre, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa, mediante tramitación anticipada, de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2016-2017 y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable.

BDNS (Identif.): 325260

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa, mediante tramitación anticipada, de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2016-2017 y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web: www.madrid.org

Primero. Objeto.—El objeto de las ayudas es la compensación de los gastos que supone a los alumnos el desplazamiento por sus propios medios al centro docente donde cursan estudios en caso de no poder hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

Segundo. Destinatarios de las ayudas.—Serán destinatarios de las ayudas, con carácter general, los alumnos escolarizados, durante el curso académico 2016-2017, en un centro ubicado en la Comunidad de Madrid, en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria o en Educación Especial y que carezcan o no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

Tercero. Normas reguladoras.—Acuerdo de 1 de diciembre de 2015, del Consejo de Gobierno, modificado por Acuerdo de 5 de diciembre de 2016, por el que se aprueban las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las ayudas individualizadas de trasporte escolar.

Cuarto. Procedimiento de concesión.—Las ayudas se otorgarán por procedimiento de concesión directa, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, sin concurrencia entre los solicitantes.

Quinto. Cuantía de la ayuda.—La cuantía de la ayuda se calculará, fundamentalmente, teniendo en cuenta la distancia entre el domicilio familiar y el centro docente, oscilando entre 260 euros por alumno/curso hasta 1.100 euros por alumno/curso.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 17 de enero de 2017 y se iniciará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

Madrid, a 5 de diciembre de 2016.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/43.261/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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