Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
14-12-2016

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161214-6

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba y publica la lista de espera provisional de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 898/2014, de 28 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, cuyo número de plazas fue objeto de ampliación por Orden 1862/2014, de 3 de octubre, de dicha Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de octubre), proceso este que finalizó mediante Resolución de 3 de octubre de 2016, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre), y siendo nombrados funcionarios de carrera los aspirantes aprobados por Orden de 7 de noviembre de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de noviembre).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimotercera de la citada Orden 898/2014, en debida concordancia con lo establecido en el apartado 4.2, párrafo segundo, de la señalada Orden 1862/2014, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo y Escala de referencia se formará, por cada una de las especialidades convocadas, una lista de espera con los aspirantes del turno libre y del cupo de discapacidad del mismo que, habiendo obtenido como mínimo tres puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición, no hubiesen superado dicho proceso, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de la mencionada lista de espera, o que el Tribunal de Selección haya debido anular algún ejercicio de la oposición, como consecuencia del incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria por parte del aspirante que, en su caso, corresponda.

En virtud de lo expuesto, habiendo sido remitida por el reseñado Tribunal Calificador la relación de los aspirantes que han de ser tomados en consideración a los efectos descritos en la base anteriormente indicada, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar y publicar, como Anexo a la presente Resolución, la lista de espera provisional de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, derivada del proceso selectivo convocado por Orden 898/2014, de 28 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril), y cuyo número de plazas fue objeto de ampliación mediante Orden 1862/2014, de 3 de octubre, de dicha Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de octubre).

Segundo

1. Requerir a los integrantes que figuran en el citado Anexo la presentación de la solicitud que se incorpora a esta Resolución, junto a los documentos que correspondan de entre los que se detallan a continuación, disponiendo, a tal efecto, del plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del DNI o equivalente y, en su caso, de demás documentación que fuera precisa con objeto de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos de la base 2.1.b) de la Orden de convocatoria.

B) Copia de la titulación exigida en la base 2.1.c) de la aludida Orden 898/2014 o, en su caso, de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial que acredite su homologación.

C) Copia de la tarjeta o del certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, expedida/o por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, en caso de haber concurrido al proceso selectivo por el cupo de discapacidad del turno libre.

D) Copia de la tarjeta o del certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, o de demás documentación acreditativa de dicho extremo a que hace referencia la base 3.5.3 de la señalada Orden de convocatoria, expedida/o por el órgano competente de cualquier otra Administración pública, en caso de haber concurrido al proceso selectivo por el cupo de discapacidad del turno libre.

E) Declaración jurada o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario interino, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

En el supuesto de poseer nacionalidad distinta de la española, dicho juramento o promesa habrá de incluir, asimismo, el relativo a no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

En ambos casos, a efectos de formular la declaración o promesa descrita, se adjunta a la presente Resolución el correspondiente modelo, que habrá de ser debidamente cumplimentado y firmado.

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación reseñada en las letras A), B) y C), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo que el interesado no autorice expresamente la consulta establecida a tal fin en el apartado 5 de la mencionada solicitud.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida únicamente será posible siempre y cuando el interesado hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación contemplada en la letra B) del punto 1.

3. La documentación indicada habrá de acreditar la posesión de los requisitos correspondientes en los términos dispuestos en la base 2.5 de la Orden 898/2014, en debida concordancia con lo establecido en el apartado 4.1 de la Orden 1862/2014, debiendo ser presentada mediante alguna de las modalidades que se relacionan seguidamente:

— A través de la página web de la Comunidad de Madrid, rellenando la solicitud que se encuentra disponible en la misma, y a la que se accederá siguiendo la secuencia “www.madrid.org/Gobierno Regional/Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno”, seleccionando, en “Organización” la “Dirección General de Función Pública” y, posteriormente, el enlace “Procesos selectivos de personal funcionario de nuevo ingreso en curso/Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala Ingeniería Técnica”. Igualmente, podrá accederse a dicha solicitud desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

A estos efectos, para presentar la solicitud y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer del DNI electrónico o de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”.

— En cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros cuyas direcciones se adjuntan a la presente Resolución, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la expresada Ley 39/2015, acompañando, asimismo, la solicitud que se incorpora a esta Resolución.

En caso de que la presentación de la citada solicitud y su documentación anexa se efectuase ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (calle Miguel Ángel, número 28, 28010 Madrid).

Tercero

A los integrantes de la lista provisional que no presentasen la documentación requerida en la forma y plazo habilitado a tal efecto, o si esta no resultara acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la Orden de convocatoria del mencionado proceso selectivo, se les declarará decaídos en su derecho a formar parte de la lista de espera definitiva de funcionarios interinos del referido Cuerpo y Escala.

Cuarto

Una vez efectuadas las comprobaciones oportunas, este Centro directivo procederá a la aprobación de la lista de espera definitiva de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, ordenando su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 5 de diciembre de 2016.—El Director General de Función Pública, Antonio López Porto.

















(03/43.247/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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