Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
15-12-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161215-148

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

148
Madrid número 24. Procedimiento 323 de 2016, notificación a Treval Facility Services, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 323 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lidia del Rocío Hidalgo Sanguña, frente a “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 11 de noviembre de 2016.

Parte dispositiva:

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, decido: Admitir en parte la solicitud de rectificación deducida contra la sentencia dictada el día 12 de noviembre de 2015 en el sentido de que, en lo sucesivo, el segundo de sus antecedentes de hecho, el primero de sus hechos probados y su fallo han de decir:

“Antecedentes de hecho:

Segundo.—Admitida la demanda a trámite por ulterior resolución, se acordó señalar para que tuvieran lugar los actos de intento de conciliación y eventual el juicio el día 12 de julio último, compareciendo solo la parte actora, pese a la citación de las codemandadas. Abierto el acto del juicio, la parte actora se afirmó y ratifico en su escrito de demanda y solicitaba la declaración de extinción de la relación laboral por haber cesado la empresa en su actividad. Recibido el juicio a prueba como fue interesado, la actora propuso cuantos medios de prueba consideró oportunos, los cuales, previa su admisión, se practicaron con el resultado que obra en las actuaciones; tras ello, las partes, en el trámite de conclusiones, elevó a definitivas sus respectivas pretensiones, quedando tras ello los autos sobre la mesa del Juzgador para dictar la correspondiente resolución.”

«Hechos probados:

Primero.—La parte actora en este procedimiento, doña Lidia del Rocío Hidalgo Sanguña, presta sus servicios como trabajadora para “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, con la categoría de limpiadora, antigüedad de fecha 11 de febrero de 2002 y percibiendo un salario bruto mensual (incluido el prorrateo de las pagas extraordinarias) de 878,26 euros.»

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, en nombre de Su Majestad el Rey y por la potestad que me confiere el artículo 117 de la Constitución española,

«Fallo

Que estimando la demanda deducida por doña Lidia del Rocío Hidalgo Sanguña, contra “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora y la extinción del contrato de trabajo que unía a las partes, ambos con efectos del día 11 de febrero de 2016. Asimismo, debo condenar y condeno a la citada mercantil a pagar a la actora las cantidades de 22.107,16 euros como indemnización por el despido y la extinción de la relación laboral y la de 2.635,30 euros por débitos salariales.»

Notifíquese esta resolución a las partes del procedimiento.

Así por este su auto, del que se elevará certificación a los autos de que dimana, incluyéndose el presente en el libro de sentencias de este Juzgado, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Fernando Herrada Romero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/41.059/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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