Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
16-12-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161216-192

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

192
Madrid número 38. Ejecución 203 de 2016, notificación a doña Naima El Abdouni

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rebeca Ballesteros Herrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 203 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Naima El Abdouni, frente a “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre doña Naima El Abdouni y la empresa “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, con efectos desde la fecha de la presente resolución, sustituyendo la obligación de readmisión incumplida por la empresa, por la obligación de la misma de abonar a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 25.814,25 euros (salvo error u omisión).

Asimismo, debo condenar a la citada empresa a abonar a la actora, en concepto de salarios de tramitación, una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (11 de febrero de 2016) hasta la fecha de la presente resolución declarativa de la extinción de la relación laboral, a razón del salario diario consignado en sentencia de 29,80 euros/día; sin perjuicio del descuento que, en su caso, corresponda en concepto del salario percibido por la misma en otro empleo, desempeñado con posterioridad al despido durante ese lapso de tiempo, o por los períodos de incapacidad temporal si los hubiere habido.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de reposición a presentar, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2708/0000/64/0203/16, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/41.277/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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