Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
16-12-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161216-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

104
Madrid número 22. Procedimiento 686 de 2015, notificación a don Alberth Perea Perea

EDICTO

Don Carlos Beltra Cabello, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 686 de 2015, instados por la procuradora doña María Cruz Ortiz Gutiérrez, en nombre y representación de doña María Eugenia Riascos Hurtado, contra don Alberth Perea Perea, sobre divorcio contencioso, en los que se ha dictado en fecha 17 de octubre de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando como estimo, en parte, la demanda promovida por la procuradora señora Ortiz Gutiérrez, en nombre y representación de doña María Eugenia Riascos Hurtado, frente a don Alberth Perea Perea, sobre divorcio, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído por ambos litigantes el día 11 de febrero de 2010, en El Vellón (Madrid), con cuantos efectos son inherentes a ello, y en especial las medidas definitivas siguientes:

1. Se atribuye la guarda y custodia del hijo común menor de edad, Julhian Sebasthian, a la madre, siendo la titularidad de patria potestad ostentada por ambos progenitores.

2. El ejercicio exclusivo de la patria potestad se concede a la madre.

3. Don Alberth Perea Perea abonará a doña María Eugenia Riascos Hurtado, en concepto de alimentos para el hijo común, la suma de 200 euros mensuales con la correspondiente actualización del IPC, cantidad que se considera adecuada a los ingresos que el padre ha percibido en el año fiscal 2015, según consta en la averiguación patrimonial efectuada a través del Punto Neutro Judicial, que obran en autos. Debiendo abonar también el 50 por 100 de los gastos extraordinarios.

No procede adoptar ninguna otra medida.

Dada la naturaleza del presente procedimiento, no procede hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-33-0706-13 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-33-0706-13 (sin guiones ni espacios).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Alberth Perea Perea, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 17 de octubre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/43.342/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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