Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
20-12-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161220-151

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

151
Madrid número 37. Ejecución 265 de 2015, notificación a Revestimientos Sintéticos y Naturales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LORENA QUIROGA MORALES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 265/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE JAVIER APARICIO RODRIGUEZ frente a REVESTIMIENTOS SINTETICOS Y NATURALES SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 97.31 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses, librándose al efecto los oportunos mandamientos.

Devuélvase a la ejecutada la cantidad existente en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago, si la parte ejecutante no manifiesta lo contrario en el plazo de cinco días.

Notifíquese la presente resolución a las partes y verificado el cobro de cantidades procédase al archivo de las actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2810-0000-64-0265-15.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

No constando acuse ni positivo ni negativo de las notificaciones de la resolución de fecha 24/05/16 a las partes, se reiteran en el día de la fecha.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

En Madrid, a diez de octubre de dos mil dieciséis

Por presentado el anterior escrito y documentos, únase a los autos de su razón, con traslado de copia a la parte contraria.

Practíquese tasación de costas en base a los justificantes que obren unidos a las actuaciones, y practicada ésta dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, para que si a sus respectivos derechos conviene puedan impugnarla, apercibiéndoles de que de no verificarlo se les tendrá por conformes y se abonará su importe según el orden establecido en la misma, procediéndose para su exacción por la vía de apremio en caso de impago y previa petición en su caso de parte interesada.

Se advierte a los interesados que desde esta fecha, no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna en la tasación de costas, sin perjuicio de su derecho para reclamarla de quien y como corresponda (artículo 244.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC).

Igualmente, se les hace saber que la impugnación de la tasación de costas ha de basarse en alguno de los motivos siguientes:

a) Por la parte obligada: por la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y por entender excesivos los honorarios y derechos de Abogados, Graduados Sociales y Procuradores o profesionales no sujetos a arancel (artículo 245.2 de la LEC).

b) Por la parte favorecida: por la no inclusión de gastos que estime debidamente justificados y reclamados; por la no inclusión de la totalidad de la minuta de honorarios de su Abogado, Perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel (artículo 254.3 de la LEC).

c) En todo caso, en el escrito de impugnación, habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 de la LEC).

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

Tasación de costas que practica la Letrada de la Adm. De Justicia, Dª Lorena Quiroga Morales, en el procedimiento EJECUCIÓN 265/2015, instado por D. JOSÉ JAVIER APARICIO RODRÍGUEZ, como parte ejecutante, contra REVESTIMIENTOS SINTÉTICOS Y NATURALES S.A., como parte ejecutada.

Cuantía: 3.600 + 720 = 4.320 EUROS

LETRADO D. FRANCISCO JAVIER BALMÓN PÉREZ:

Honorarios: 360 euros

IVA 21%: 75,60 euros

TOTAL: 435,60 euros

IMPORTA LA PRESENTE TASACIÓN DE COSTAS LA CUANTÍA TOTAL DE CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (435,60 euros), DEBIENDO SER ABONADA POR LA PARTE EJECUTADA, TODO ELLO SALVO ERROR U OMISIÓN. DOY FE.

Devuelto el exhorto enviado al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Getafe, cumplimentado negativo, realícese averiguación domiciliaria y envíese a los nuevos domicilios encontrados, si los hubiere. Remítase, preventivamente, oficio al BOCAM para la publicación de edictos.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a REVESTIMIENTOS SINTETICOS Y NATURALES SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/41.647/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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