Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
23-12-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161223-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 4

81
Madrid número 4. Procedimiento 348 de 2016, notificación a Segurcaixa Adeslas, S. A. de Seguros y Reaseguros

EDICTO

Doña María Elena Artigot Fabre, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 348 de 2016, instados por la procuradora doña Katiuska Marín Martín, en nombre y representación de “Seguros Catalana Occidente, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros”, contra “Segurcaixa Adeslas, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros” y “Grupo Nedelcu, Sociedad Limitada Unipersonal”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 3 de noviembre de 2016, sentencia del tenor siguiente:

Sentencia número 352 de 2016

Magistrado-juez doña María Jesús del Barco Martínez.—Madrid, a 3 de noviembre de 2016.

Vistos por mí, María Jesús del Barco Martínez, magistrado-juez de este Juzgado de primera instancia y su partido, los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el número 348 de 2016, a instancias de la entidad “Seguros Catalana Occidente, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Marín Martín y defendida por la letrada señora Arranz Lesmes, contra la entidad “Segurcaixa , Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros”, representada por la procuradora señora Rodríguez Chacón y defendida por el letrado señor Onrubia Revuelta, y contra la entidad “Grupo Nedelcu, Sociedad Limitada Unipersonal”, en rebeldía procesal, en reclamación de la cantidad de 1.234,65 euros, y atendiendo a los siguientes:

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la entidad “Seguros Catalana Occidente, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Marín Martín y defendida por la letrada señora Arranz Lesmes, debo condenar y condeno a la entidad “Segurcaixa Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros”, representada por la procuradora señora Rodríguez Chacón y defendida por el letrado señor Onrubia Revuelta, y contra la entidad “Grupo Nedelcu, Sociedad Limitada Unipersonal”, en rebeldía procesal, al pago de la cantidad de 1.234,65 euros, más los intereses legales de dicha cantidad; todo ello, con expresa condena al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo yo, María Jesús del Barco Martínez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Grupo Nedelco, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

Madrid, a 3 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de justicia (firmado).

(02/40.295/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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