Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
23-12-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161223-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

86
Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 1.872 de 2015, notificación a don Antonio Rodríguez Almaguer

EDICTO

Doña Yolanda Ocaña Villamil, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, modificación de medidas con relación a hijos no matrimoniales supuesto contencioso número 1.872 de 2015, instados por la procuradora doña Isabel Narváez Vila, en nombre y representación de doña Dayam Abreu Domínguez, contra don Antonio Rodríguez Almaguer, en reclamación de asunto de familia, en los que se ha dictado sentencia de fecha 11 de noviembre de 2016, cuya resolución es la siguiente:

Sentencia número 699 de 2016

En Alcalá de Henares, a 11 de noviembre del 2016.—Vistos por mí, doña Cristina Milans del Bosch y Sánchez-Galiano, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio verbal especial de modificación de medidas paterno-filiales definitivas número 1.872 de 2015, seguidos a instancias de doña Dayami Abreu Domínguez, representada por la procuradora de los tribunales señora Narváez Vila y defendida por el letrado señor Granado López, contra don Antonio Rodríguez Almaguer, sin representación procesal, y el siguiente

Fallo

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Dayami Abreu Domínguez, representada por la procuradora de los tribunales señora Narváez Vila y defendida por el letrado señor Granado López, contra don Antonio Rodríguez Almaguer, declaro no haber lugar a modificar las medidas paterno-filiales establecidas en la sentencia de fecha 8 de abril de 2014, recaída en el procedimiento número 245 de 2014 por este Juzgado, y ello con imposición de costas a la parte actora.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las demás partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Antonio Rodríguez Almaguer, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcalá de Henares, a 11 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/42.355/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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