Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
27-12-2016

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161227-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

33
Majadahonda. Organización y funcionamiento. Régimen sesiones

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 29 de noviembre de 2016, acordó el siguiente régimen de sesiones:

El régimen de sesiones de Pleno y comisiones Informativas se regula en los artículos 59 y 109 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Majadahonda.

Según estos preceptos, las sesiones plenarias deberán convocarse, al menos, con cuatro días hábiles de antelación y las de las comisiones informativas con cinco días hábiles de antelación, salvo que en uno y otro caso se trate de sesiones extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el Pleno o por la correspondiente comisión.

Por acuerdo de la Junta de Portavoces se ha decidido que en aquellos supuestos en los que exista algún día festivo entre convocatoria y celebración, bien de las comisiones informativas, bien del Pleno, se respete igualmente la fecha de convocatoria como si tal día festivo no existiese, aun no respetando los cuatro o cinco días hábiles.

De esta forma el Pleno ordinario se celebrará el último martes de cada mes para lo que se convocará, en todo caso (aun existiendo festivos) el penúltimo martes y las comisiones se celebrarán los lunes y martes de la penúltima semana, convocándose igualmente el lunes y martes de la antepenúltima semana.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Majadahonda, a 2 de diciembre de 2016.—El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/43.758/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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