Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
27-12-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161227-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2

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Torrejón de Ardoz número 2. Procedimiento 533 de 2015, notificación a don Rui Miguel Fortes Marques

EDICTO

Doña María Luisa García Salas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Torrejón de Ardoz.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 533 de 2015, instados por el procurador don Javier Jañez Gutiérrez, en nombre y representación de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, contra don Rui Miguel Fortes Marques, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 23 de noviembre de 2016 la sentencia número 329 de 2016, cuya resolución es la siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la entidad “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Javier Jañez Gutiérrez y asistida de la letrada doña Ana María Grijabo de Cabo, contra don Rui Miguel Fortes Marques, declarado en situación de rebeldía procesal.

En consecuencia, debo condenar y condeno a don Rui Miguel Fortes Marques a pagar a la entidad “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, la cantidad de 10.422,66 euros, más los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Debo condenar y condeno a don Rui Miguel Fortes Marques al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se presentará por escrito, ante este Juzgado, en el término de veinte días, a contar desde el día siguiente de su notificación, y se resolverá por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Dispongo que se lleve esta sentencia al libro de sentencias de este Juzgado, dejando certificación del mismo en las actuaciones y que se tome oportuna nota en los libros registro.

Así por esta sentencia la acuerda, manda y firma su señoría doña Alba María García Mantilla, magistrada-juez de este Juzgado de primera instancia número 2 de Torrejón de Ardoz.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Rui Miguel Fortes Marques, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Torrejón de Ardoz, a 23 de noviembre de 2016—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/42.016/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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