Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
27-12-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161227-15

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

15
Aranjuez. Organización y funcionamiento. Reglamento procedimiento registro

Transcurrido el plazo de exposición al público de la modificación del Reglamento Regulador del Procedimiento de Registro, Tramitación, Gestión y Control de Facturas recibidas en el Ayuntamiento de Aranjuez, aprobada inicialmente en sesión Plenaria de 20 de octubre de 2016, sin haberse presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobada en virtud del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO DE REGISTRO, TRAMITACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL DE FACTURAS RECIBIDAS EN EL AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

Artículo 6. Presentación de facturas.

...

Las facturas se podrán presentar a través de:

— Canal electrónico: las facturas se presentan a través de la plataforma FACe.

A partir del 1 de enero de 2017 será obligatorio presentar todas las facturas por el canal electrónico (plataforma FACe) (Ley 25/2013, de Impulso de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público, y Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio, por el que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas).

De conformidad con el artículo 196.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la modificación del Reglamento entrará en vigor una vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Aranjuez, a 22 de diciembre de 2016.—El concejal-delegado de Hacienda, Luis Javier Benito Varas.

(03/45.109/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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