Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 312

Fecha del Boletín 
28-12-2016

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161228-71

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

OFERTAS DE EMPLEO

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Getafe. Ofertas de empleo. Convocatoria puestos libre designación

Por la presente se publica:

«En Junta de Gobierno Local celebrada el día 7 de diciembre de 2016, fueron aprobadas las siguientes bases de la convocatoria para proveer, por el sistema de Libre Designación, varios puestos de trabajo de funcionarios vacantes en el Ayuntamiento de Getafe.

Encontrándose vacantes los puestos de trabajo descritos y siendo necesaria su cobertura, se convocan por el sistema de libre designación conforme a la RPT vigente, según lo dispuesto en el Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y Real Decreto de 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Primera. Descripción del puesto de trabajo



Funciones de los puestos de jefatura de Negociado:

Realiza, entre otras, las siguientes funciones, descritas en el catálogo de funciones aprobado por acuerdo de Pleno celebrado el 10 de marzo de 2003:

— Coordinar, gestionar y supervisar los trabajos a realizar en su negociado. Colaborar en la ejecución si es preciso.

— Elaborar informes y propuestas relacionadas con su profesión, competencias y funciones de su negociado.

— Procurar que los asuntos que se le encomienden sean despachados con regularidad. Informar los expedientes que se le encarguen y cuidar el cumplimiento de los trámites dentro de plazo reglamentario.

— Tramitar y realizar el seguimiento de expedientes realizando en su caso labores administrativas.

— Inspeccionar y activar el curso de expedientes, dar cuenta a sus superiores de cualquier retraso y proponer lo conveniente para evitarlo.

— Atención al público, en mostrador o telefónicamente.

Asimismo, desempeña las funciones de coordinación de las distintas Unidades administrativas y Departamentos que se adscriben a la Alcaldía y Concejalía correspondientes y las funciones de secretaria de Alcaldía y concejal, respectivamente, lo que requiere una mayor confianza y dedicación.

Funciones del puesto de administrativo:

Realiza, entre otras, las siguientes funciones, descritas en el catálogo de funciones aprobado por acuerdo de Pleno celebrado el 10 de marzo de 2003:

— Apoyar las tareas administrativas de gestión, inspección, ejecución, control y similares. Informar los expedientes que se le encarguen. Procurar que los asuntos que se encomiende sean despachados con regularidad y cuidad el cumplimiento de los trámites dentro del plazo reglamentario.

— Llevar a cabo el seguimiento y ejecución de los acuerdos adoptados por el ayuntamiento den Pleno y la Junta de Gobierno y que afecten a los expedientes encomendados.

— Informar los expedientes que se le encarguen y cuidad el cumplimiento de la legalidad vigente.

— Tramitar y realizar el seguimiento de expedientes realizando en su caso labores administrativas

Asimismo, desempeña las funciones de coordinación administrativa de las distintas Unidades administrativas y Departamentos que se adscriben a la Alcaldía y Concejalía correspondientes y las funciones de secretaria de Alcaldía y concejal, respectivamente, lo que requiere una mayor confianza y dedicación.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.—Podrán tomar parte en la convocatoria los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Getafe que reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepción de la suspensión de funciones.

Tercera. Publicaciones.—Una vez aprobadas las bases por la Junta de Gobierno, serán expuestas en el tablón de anuncios y la sede electrónica de este Ayuntamiento y remitidas al el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación. Posteriormente, la convocatoria se hará pública en “Boletín Oficial del Estado”.

Cuarta. Solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases en el “Boletín Oficial del Estado”.

El modelo de solicitud de convocatoria para la provisión de puestos de trabajo, que podrá descargarse de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe y la intranet, se presentará en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Getafe, sito en la plaza de la Constitución, número 1, de Getafe, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes; de dieciséis y treinta a diecinueve horas, de lunes a jueves, y de diez a trece horas los sábados. Podrán presentarse en las distintas formas que establece el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El escrito de solicitud consignará que son ciertos los datos contenidos en el mismo y que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria. Será necesario adjuntar a la instancia “curriculum vitae” y documentación acreditativa de los méritos y capacidades alegados.

Toda la documentación se admitirá en fotocopia simple, sin perjuicio de su posterior cotejo.

Quinta. Admitidos y excluidos.—Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad de la lista de instancias admitidas en Sede Electrónica del Ayuntamiento. Quien no figure en la lista provisional, así como las personas excluidas, dispondrán de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la citada publicación a fin de subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Finalizado el plazo de subsanación, la concejala-delegada de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Sexta. Adjudicación del puesto.—Tras la aprobación definitiva de la lista de aspirantes admitidos, en el plazo máximo de un mes (prorrogable por un mes más), la Junta de Gobierno procederá a la adjudicación del puesto de la persona designada, a propuesta de la Alcaldía o la concejalía correspondiente, quien podrá recabar la intervención de los especialistas que considere para apreciar la idoneidad y la adecuación del candidato o candidata propuesto con el perfil descrito en la base primera.

La adjudicación se motivará con referencia al cumplimiento del candidato o candidata elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y la competencia para proceder al mismo. La motivación deberá, además, hacer expresa referencia a los méritos y capacidad de la persona propuesta, así como de su idoneidad para el desempeño del puesto. Para ello se tendrá en cuenta su trayectoria profesional en el ámbito de la administración local, y en concreto en el desempeño de puestos de igual naturaleza, así como de su formación. En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución, la observancia del procedimiento debido.

La adjudicación se hará pública en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y se notificará a la persona designada.

Séptima. Toma de posesión.—La toma de posesión deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes al de la notificación de la Resolución, produciéndose el cese en su puesto de origen el día inmediato anterior.

Octava. Recursos.—Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que las aprobó, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor de los actos impugnados, a elección de aquel, de conformidad con los artículos 8.1 y 14.1.1.2.a) de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de los dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común».

Lo que se publica para general conocimiento.

Getafe, a 13 de diciembre de 2016.—La concejala-delegada de Recursos Humanos, María Nieves Sevilla Urban.

(03/43.862/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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