Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 312

Fecha del Boletín 
28-12-2016

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161228-72

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

OFERTAS DE EMPLEO

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Getafe. Ofertas de empleo. Convocatoria puesto libre designación

Por la presente se publica:

«En Junta de Gobierno Local celebrada el día 7 de diciembre de 2016, fueron aprobadas las siguientes bases para proveer, por el sistema de Libre Designación abierto a otras Administraciones públicas, el puesto de trabajo de jefe de Servicio de Personal.

Encontrándose vacante el puesto de trabajo abajo descrito y siendo necesaria su cobertura, se convoca, por el sistema de Libre Designación, abierto a otras administraciones públicas, conforme a la RPT vigente, según lo dispuesto en el Real Decreto 572015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Primera. Descripción del puesto de trabajo.



Funciones del puesto:

En dependencia jerárquica de la Concejalía competente en la materia, desarrolla, entre otras las siguientes funciones principales:

— Planificar, organizar y dirigir integralmente los Recursos Humanos del Ayuntamiento de Getafe en base a las líneas de actuación y estrategias diseñadas por los Órganos de Gobierno.

— Coordinar la actuación del servicio con el resto de los servicios del Ayuntamiento garantizando el apoyo técnico.

— Dirigir la redacción, elaboración y seguimiento de documentos técnicos del servicio y de instrumentos de gestión de Recursos Humanos.

— Dirigir la gestión administrativa de personal en lo referente a nóminas, Seguridad Social y contratos, entre otros.

— Dirigir la gestión de la negociación colectiva y la representación y participación de los empleados públicos.

— Dirigir y organiza del personal a su cargo y su evaluación, así como instalaciones y recursos materiales.

Conocimientos y experiencia valorables:

— Legislación en materia de Régimen local, Haciendas Locales, Función Pública y Laboral,

— Planes de calidad en la Administración local, modelos de excelencia.

— Gestión de Recursos Humanos en Administraciones públicas: dimensionamiento de plantillas, análisis y descripción de puestos de trabajo, Gestión por competencias, evaluación del desempeño, formación de los RR HH.

— Prevención de riesgos laborales, protección de datos de carácter personal, técnicas de negociación.

— Capacidad y habilidades de coordinación de equipos de trabajo.

— Conocimientos informáticos.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.—Podrán tomar parte en la convocatoria los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Getafe que reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepción de la suspensión de funciones.

Tercera. Publicaciones.—Una vez aprobadas las bases por la Junta de Gobierno, serán expuestas en el tablón de anuncios y la sede electrónica de este Ayuntamiento y remitidas al el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación. Posteriormente, la convocatoria se hará pública en “Boletín Oficial del Estado”.

Cuarta. Solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases en el “Boletín Oficial del Estado”.

El modelo de solicitud de convocatoria para la provisión de puestos de trabajo, que podrá descargarse de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe y la intranet se presentará en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Getafe, sito en la plaza de la Constitución, número 1, de Getafe, de nueve a catorce horas de lunes a viernes; de dieciséis y treinta a diecisiete horas, de lunes a jueves, y de diez a trece horas los sábados. Podrán presentarse en las distintas formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El escrito de solicitud consignará que son ciertos los datos contenidos en el mismo y que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria. Será necesario adjuntar a la instancia “curriculum vitae” y documentación acreditativa de los méritos y capacidades alegados.

Toda la documentación se admitirá en fotocopia simple, sin perjuicio de su posterior cotejo.

Quinta. Admitidos y excluidos.—Concluido el plazo de presentación de solicitudes se dará publicidad de la lista de instancias admitidas en Sede electrónica del Ayuntamiento. Quien no figure en la lista provisional, así como las personas excluidas, dispondrán de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la citada publicación a fin de subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Finalizado el plazo de subsanación, la concejala-delegada de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Sexta. Adjudicación del puesto.—Tras la aprobación definitiva de la lista de aspirantes admitidos, en el plazo máximo de un mes (prorrogable por un mes más), la Junta de Gobierno procederá a la adjudicación del puesto a la persona propuesta por la Concejalía de Recursos Humanos, quien podrá recabar la intervención de los especialistas que considere para apreciar la idoneidad y la adecuación del candidato o candidata propuesto con el perfil descrito en la base primera.

La adjudicación se motivará con referencia al cumplimiento del candidato o candidata elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y la competencia para proceder al mismo. La motivación deberá, además, hacer expresa referencia a los méritos y capacidad de la persona propuesta, así como de su idoneidad para el desempeño del puesto. Para ello se tendrá en cuenta su trayectoria profesional en el ámbito de la Administración local, y en concreto en el desempeño de puestos de igual naturaleza, así como de su formación, estudios de carácter superior, máster y cursos de especialización, actividad docente y publicaciones de carácter relevante, todo ello referido a contenidos directamente relacionados en el ejercicio del puesto de trabajo.

En todo caso deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución, la observancia del procedimiento debido.

La adjudicación se hará pública en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y se notificará a la persona designada.

Séptima. Toma de posesión.—La toma de posesión deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes al de la notificación de la Resolución, produciéndose el cese el día inmediato anterior.

Para el caso de funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas, la toma de posesión se efectuará de conformidad con lo regulado en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, contándose los plazos a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución y produciendo los efectos determinados en el artículo 88. Para el caso de funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas, la toma de posesión se efectuará de conformidad con lo regulado en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, contándose los plazos a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución y produciendo los efectos determinados en el artículo 88 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Octava. Recursos.—Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que las aprobó, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor de los actos impugnados, a elección de aquel, de conformidad con los artículos 8.1 y 14.1.1.2 a) de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso- administrativa.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de los dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común».

Lo que se publica para general conocimiento.

Getafe a, 13 de diciembre de 2016.—La concejala-delegada de Recursos Humanos, María Nieves Sevilla Urban.

(03/43.860/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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