Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2017

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170104-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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CORRECCIÓN de errores de la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Advertido error en la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de agosto de 2014, se procede a efectuar la siguiente rectificación:

En el artículo 6, donde dice: “d) Cumplir un horario semanal mínimo de treinta horas lectivas en cada uno de los cursos en los que se impartan módulos de formación en el centro educativo.”, debe decir:

“d) Cumplir un horario semanal mínimo de treinta horas lectivas en los ciclos de grado superior y de veinticinco horas lectivas en los ciclos de grado medio, en cada uno de los cursos en los que se impartan módulos de formación en el centro educativo”.

Madrid, 2016.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/45.103/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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