Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
20-01-2017

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170120-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BERZOSA DEL LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
Berzosa del Lozoya. Régimen económico. Presupuesto 2017

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento de 6 de noviembre de 2016 el presupuesto del ejercicio económico 2017, la base de ejecución y plantilla de personal, y no habiéndose presentado alegaciones y reclamaciones durante el período de exposición al público, queda definitivamente aprobado el presupuesto consolidado del ejercicio 2017 en sesión ordinaria del Pleno de fecha 9 de enero de 2017.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 127 del texto refundido del régimen local, de 18 de abril de 1986, y 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Procediéndose a su publicación cuyo resumen por capítulos es el siguiente:



Plantilla de personal

a) Personal funcionario:

1. Con habilitación nacional:

— Secretario-interventor, una plaza.

2. Escala de Administración General

— Aux. administrativo, una plaza

b) Personal laboral:

— 1 limpiadora.

— 1 técnico servicios municipales.

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer directamente, entre el referenciado presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Berzosa del Lozoya, a 9 de enero de 2017.—El alcalde, Antonio del Pozo González.

(03/768/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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