Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
20-01-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170120-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 58

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Madrid número 58. Procedimiento 1.158 de 2014, notificación a Desarrollos Inic, S. L.

EDICTO

Doña Silvia Ortiz Herrera, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 58 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.158 de 2014, instados por la procuradora doña Magdalena Cornejo Barranco, en nombre y representación de Mutua General de Seguros-Euromutua, Sociedad Mutua a Prima Fija de Seguros y R.”, y “Typical Spanish Taberna Dance, Sociedad Limitada”, contra “Desarrollos Inic, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 18 de julio de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda presentada por la procuradora señora Cornejo Barranco, en representación de “Mutua General de Seguros-Euromutua” y “Typical Spanish Taberna, Sociedad Limitada”, frente a “Desarrollos Inic, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, a la que condeno al pago de 1.910,80 euros, más intereses, en la forma indicada en el fundamento tercero de esta resolución, y las costas causadas en esta instancia. De la citada cantidad, 1.673,99 euros corresponden a “Mutua General de Seguros-Euromutua” y 236,80 euros a “Typical Spanish Taberna, Sociedad Limitada”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Desarrollos Inic, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 18 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/45.631/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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