Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2017

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170131-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BOALO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Boalo. Régimen económico. Ordenanza fiscal IBI

El Ayuntamiento de El Boalo, en sesión plenaria celebrada el día 10 de noviembre de 2016, aprobó con carácter provisional la modificación de la ordenanza fiscal que sigue, y tras la exposición al público con publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 281, del 23 de noviembre de 2016, que ha concluido el 9 de enero de 2017, no se han presentado reclamaciones; por lo que dicho acuerdo ha quedado como definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Se significa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley, contra la aprobación definitiva, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo, en la forma y plazos señalados en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

A efectos previstos en el artículo 17.4 del citado texto refundido se hace público el texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles

Se modifica el apartado 3 del artículo 8 (tipo de gravamen y cuotas), pasando a tener el siguiente contenido:

“3. El tipo de gravamen aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,60”.

El Boalo, a 17 de enero de 2017.—El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.

(03/1.860/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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