Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170131-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 13

159
Valencia número 13. Procedimiento 942 de 2016, notificación a Sunparty Real Estate, S. A.

EDICTO

Don Rafael Roselló Sobrevela, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 942 de 2016, a instancias de don José Vicente Mico Ofcina contra “Hiperion Hotel Group, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Sunparty Real Estate, Sociedad Anónima”, en el que se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

Se tiene por formulada y se admite a trámite la demanda interpuesta por don José Vicente Mico Orcina, contra “Hiperion Hotel Group, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Sunparty Real Estate, Sociedad Anónima”, en materia de procedimiento ordinario; dese a las mismas la tramitación correspondiente y cítese a las partes para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el letrado de la Administración de Justicia y el segundo ante el magistrado-juez, para la cual se señala el día 18 de mayo de 2017, a las once y veinte horas, señalamiento que se lleva a efecto en cumplimiento del plan de refuerzo aprobado y adjudicado a los jueces/magistrado de refuerzo, conforme al acta de la Junta de Magistrados de lo Social de Valencia.

Habiéndose solicitado por otrosí/es en la demanda diligencia/s de preparación de la prueba a practicar en el acto del juicio, dese cuenta a su señoría para que, de conformidad con el artículo 81.4 de la LJS, dicte la oportuna resolución sobre su procedencia; resolución que se notificara a las partes junto con el presente decreto de admisión a trámite y señalamiento.

Conforme a lo prevenido en el artículo 79 de la LRJS, se concede a los demandados el plazo de tres días para que aleguen lo que a su derecho convenga respecto la solicitud de embargo, así como respecto del resto de medidas cautelares contenida en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a quienes se hará saber que contra ella cabe recurso de reposición ante el letrado de la Administración de Justicia que suscribe, en el plazo de tres días, y en la forma prevista en los artículo 187 y siguientes de la LRJS.

Lo decreto y firmo.—El letrado Administración de Justicia (firmado).

Y para que conste y sirva de notificación y citación a “Sunparty Real Estate, Sociedad Anónima”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 12 de enero de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia.

(03/1.986/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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