Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2017

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170207-23

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO del Acuerdo de 26 de enero de 2017, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá por el que se convocan las Ayudas 2017 de preparación de proyectos europeos.

BDNS (Identif.): 330491

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Podrán solicitar las ayudas de esta convocatoria aquellos investigadores de la Universidad de Alcalá que, reuniendo los requisitos necesarios para concurrir a las convocatorias del Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte 2020 de la Unión Europea o programas afines, presenten una solicitud de financiación enmarcada en cualquier convocatoria financiada con cargo a presupuestos comunitarios.

Para solicitar esta ayuda será requisito imprescindible haber participado o presentar compromiso de participación en el momento de su publicación, en cualquier convocatoria con fines similares a la presente, financiada con fondos públicos, debiendo enviar al Servicio de Gestión de la Investigación la solicitud de participación en dichas convocatorias.

Los solicitantes deberán tener actualizado su currículum vítae en el Portal del Investigador, desde el año 2014 al 2017, ambos inclusive.

Segundo

Objeto

El objeto de esta convocatoria es fomentar la participación de los grupos de Investigación de la Universidad de Alcalá en convocatorias europeas de financiación de proyectos, principalmente en el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte 2020 y, excepcionalmente, en otros programas que financien la actividad investigadora y que se nutran de presupuestos comunitarios.

La aplicación presupuestaria de las Ayudas para la preparación de Proyectos Europeos es la 30400M000 541A 64905.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad (https://portal.uah.es/portal/page/portal/investigacion/financiacion/prog... propio/acciones_complementarias).

Cuarto

Cuantía

Se financiará la elaboración y preparación de propuestas de proyectos de I+D en el ámbito del Programa Horizonte 2020 de la Unión europea o programas afines. La ayuda que se podrá conceder será como máximo de 3.000 euros, que se podrá destinar a los siguientes gastos del solicitante o del miembro del equipo investigador designado:

— Gastos de viaje.

— Gastos de alojamiento.

— Gastos de manutención.

— Aquellos otros gastos que de forma fehaciente se acrediten como necesarios para la preparación de la solicitud del proyecto:

• “Infodays” de presentación de convocatorias que incluyan “brokerage events”.

• Reuniones de las asociaciones público-privadas de I+D europeas, las JTI’s y las PPP’s.

• Viajes para celebrar reuniones con el personal de la Comisión Europea para la preparación de un proyecto europeo.

• Viajes para celebrar reuniones entre grupos de investigación participantes en acciones de dinamización Redes de Excelencia financiadas por el MINECO.

— Gastos de alojamiento de socios participantes en la preparación de propuestas de proyectos europeos coordinadas por la UAH (hasta el 20 por 100 de la ayuda concedida por la presente convocatoria).

— Actividades preliminares o actuaciones preparatorias a la presentación de un proyecto europeo (hasta el 20 por 100 de la ayuda concedida por la presente convocatoria).

El importe total de esta convocatoria es de 10.000 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán a través de la opción “Convocatorias” disponible en el Portal del investigador. Una vez realizada la solicitud telemática se imprimirá y se presentará en el Registro Central o en los Registros periféricos de la Universidad de Alcalá, o por cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que alguna solicitud se presentara incompleta se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes (tanto de forma telemática como por registro) abarcará desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria hasta el 31 de octubre de 2017. No obstante, las solicitudes se irán resolviendo por la Comisión de Investigación a medida que se vayan presentando, hasta agotar el crédito disponible para esta ayuda.

A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

— Fotocopia de la solicitud de financiación formulada a la Unión Europea y propuesta desglosada de gastos previstos. En caso de no haber presentado aún la solicitud de proyecto a la Unión Europea, se adjuntará copia del borrador de la propuesta en el que se hagan constar, al menos, los objetivos de la investigación que se propone, bajo las directrices básicas de uno de los instrumentos de financiación del Programa Horizonte 2020 o de algún otro programa eurocomunitario que financie la actividad investigadora. También se presentará la relación de socios con los que se elabora el proyecto y sus direcciones correspondientes.

En el caso de actividades preparatorias para la solicitud del proyecto, se presentará cualquier documento que acredite dicha actividad, tales como agendas de entrevistas, inscripciones en “infodays” o comunicación de la correspondiente reunión.

Sexto

Otros datos

Adjudicación y criterios de selección:

La Comisión de Investigación será la encargada del estudio y la evaluación de las propuestas presentadas. La Comisión priorizará las solicitudes y propondrá la ayuda de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y los criterios que se enumeran a continuación:

a) Función coordinadora de la Universidad de Alcalá.

b) Grado de implicación de la Universidad de Alcalá en términos presupuestarios.

c) Número de países participantes.

d) Número de centros que intervienen.

Obligaciones de los beneficiarios:

La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica la aceptación de las condiciones de la presente convocatoria, de las normas de ejecución presupuestaria de la Universidad de Alcalá y, en general, de la normativa en vigor que regule la ejecución y justificación de fondos públicos.

Pago de las ayudas:

El pago de los gastos se realizará directamente desde el Servicio de Gestión de la Investigación a través de su Sección de Gestión Económica, tras la presentación de las correspondientes facturas y documentación acreditativa.

Apoyo a los investigadores:

El Servicio de Gestión de la Investigación ofrecerá asesoramiento a los investigadores para cualquier duda o problema que puedan tener en relación con esta convocatoria. Las direcciones y teléfonos son los siguientes:

— Consultas en relación con el contenido de esta convocatoria, documentación, etcétera:

Loli Gómez Serrano. Sección de Gestión Económica.

loli.gomez@uah.es

Teléfono 918 856 815.

— Consultas de carácter técnico, relativas al uso del Portal del Investigador:

Rafa Gómez González, Coordinador Informático.

portal.investigador@uah.es

Teléfono 918 852 491.

Recursos: La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, a 26 de enero de 2017.—La Vicerrectora de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, María Luisa Marina Alegre.

(03/3.535/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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