Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170207-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

73
Madrid número 1. Ejecución 188 de 2015, notificación a Vigamo Reformas y Obras, S. L. y Víctor Manuel García Molina

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CRISTINA SEIVANE TERAN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 01 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 188/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEXANDRE MARCELO SIQUEIRA frente a D./Dña. VICTOR MANUEL GARCIA MOLINA y VIGAMO REFORMAS Y OBRAS SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

DECRETO

En Madrid, a veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis.

PARTE DISPOSITIVA

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 4.155,34 euros.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. BELEN GOMEZ RODRIGUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VIGAMO REFORMAS Y OBRAS SL y D./Dña. VICTOR MANUEL GARCIA MOLINA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.854/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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