Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170207-203

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 8

203
Sevilla número 8. Procedimiento 450 de 2016, notificación a Seguma Seguridad y Vigilancia, S. A.

EDICTO

D/Dª M. DEL CARMEN PECHE RUBIO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 8 DE SEVILLA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 450/2016 a instancia de la parte actora D/Dª. JUAN MANUEL OSTOS GOMEZ contra SEGUMA SEGURIDAD Y VIGILANCIA SA, COMUNIDAD RESTRINGIDA DE PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL NERVION PLAZA, SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA SA y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Decreto de fecha 4/05/2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

- Admitir esta demanda presentada en materia de reclamación de cantidad señalando para que tengan lugar los actos de conciliación y/o juicio sucesivamente, el primero ante el Secretario en la secretaria de este Juzgado, sita en la PLANTA 6ª DEL EDIFICIO NOGA, AVDA. DE LA BUHAIRA N°26 el día 10 de Julio de 2017 a las 9:15 horas-, y el segundo solo ante la Magistrado-Juez que tendrá lugar en la SALA DE VISTAS n° 12 sita en la PLANTA 1° del mismo edificio señalado para el mismo día a las 9:30 horas, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer al primero de los actos señalados se le tendrá por desistido de la demanda, y a la demandada que de no efectuarlo, se celebrará el acto sin su presencia. Haciendo saber a las partes que pueden formalizar conciliación en evitación del proceso sin necesidad de esperar a la fecha del señalamiento, advirtiéndoles que deben de concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que deberán concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así mismo se advierte a las partes que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

-Advertir a las partes que todas las resoluciones que se dicten se notificarán en el domicilio que consta en la demanda, salvo que por aquéllas se designe al Juzgado otro a dicho efecto.

-Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio , y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales , y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración. (Art. 91,2 y 91,4 LRJS).

-Dar cuenta a S.Sª de los (restantes) medios de prueba propuestos por la parte actora en su escrito de demanda, a fin de que se pronuncie sobre los mismos.

-Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC.

-Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer al juicio asistida de letrado/graduado social.

Notifíquese la presente resolución a las partes

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado SEGUMA SEGURIDAD Y VIGILANCIA SA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En SEVILLA, a dieciocho de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/2.933/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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