Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2017

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170213-11

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

11
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2017, por la que se incoa el expediente de delimitación del entorno de protección del Convento de las Comendadoras de Santiago, de Madrid, declarado Monumento Histórico-Artístico.

Mediante el Decreto 3614/1970, de 3 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 22 de diciembre de 1970), fue declarado Monumento Histórico-Artístico el Convento de las Comendadoras de Santiago, de Madrid. En el expediente tramitado por el Ministerio de Cultura (actual Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) no consta delimitación de entorno de protección del monumento.

La vigente Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en su disposición transitoria segunda establece que “mediante Orden de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico se podrá definir el entorno de aquellos bienes inmuebles declarados de Interés Cultural o incluidos en el Inventario cuyo entorno no hubiera sido establecido expresamente a la fecha de entrada en vigor de esta ley”.

Considerando lo anterior, en base a la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales, a efectos de permitir una adecuada percepción y comprensión cultural del ámbito que rodea el bien inmueble, tal y como se define en el artículo 4.1 de la citada Ley 3/2013 y en virtud de las competencias establecidas en el artículo 26.1.b) del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto de 2015),

RESUELVO

Primero

Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección del Convento de las Comendadoras de Santiago, de Madrid, declarado Monumento Histórico-Artístico mediante el Decreto 3614/1970, de 3 de diciembre, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 22 de diciembre de 1970, cuya justificación, descripción y definición gráfica figuran en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo

Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes y al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en el tablón de anuncios por el plazo de un mes.

Tercero

Abrir un período de información pública por un plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual se dará audiencia al Ayuntamiento de Madrid, a los interesados, y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico; todo ello a fin de que cuantas personas tengan interés, puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, número 18, 28013 Madrid, y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Cuarto

Ordenar que la presente Resolución se notifique al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid para su anotación en los correspondientes registros.

Madrid, a 26 de enero de 2017.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Paloma Sobrini Sagaseta de Ilurdoz.

ANEXO

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL CONVENTO DE LAS COMENDADORAS DE SANTIAGO, DE MADRID

A) Motivación o justificación del entorno

La delimitación del entorno de protección del monumento viene justificada por la necesidad del mantenimiento de los valores ambientales y arquitectónicos que permitan su correcta percepción, contextualización histórica y comprensión, realzando las características intrínsecas del inmueble.

Dicha delimitación permite a las Administraciones Públicas controlar y adecuar las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas que se planteen en el ámbito, evitando afecciones negativas al monumento, tanto visuales como funcionales o de otra índole, que impliquen la pérdida de los valores reconocidos en el expediente de declaración.

B) Descripción literal

El Convento de las Comendadoras de Santiago, de Madrid, ubicado en la manzana catastral completa 99565 entre las calles de Amaniel, Montserrat, Acuerdo y Quiñones, así como la plaza de las Comendadoras, declarado Bien de Interés Cultural mediante Decreto 3614/1970, de 3 de diciembre, ocupa una superficie de 6.391,50 metros cuadrados.

El entorno de protección ahora delimitado, con una superficie de 1,77 hectáreas, comprende el viario perimetral, los espacios libres y las parcelas contenidos dentro de la línea continua grafiada en el plano adjunto, cuya descripción literal es la siguiente:

En la calle de Amaniel, las fincas números 21, 23, 25 y 27-31 (con fachada también a la calle del Limón), parcelas catastrales 05, 04, 03 y 01 de la manzana catastral 98566; la finca número 33 (con vuelta a la calle de Montserrat), parcela catastral 03 de la manzana catastral 99571; la finca número 30 (con vuelta a la plaza de las Comendadoras), parcela catastral 12 de la manzana catastral 99555; y la finca número 34 (con vuelta a la calle de Montserrat), parcela catastral 14 de la manzana catastral 99577. Incluye también la cuña triangular de espacio público, sita en la confluencia de las calles Amaniel y Bernardo López García, así como el viario de la calle Amaniel desde la esquina con la calle de la Palma hasta el lindero de las fincas 33 y 35 de dicha calle, parcelas catastrales 02 y 03 de la manzana catastral 99571.

En la calle de Montserrat, la finca número 11 (con vuelta a la calle del Acuerdo), parcela catastral 01 de la manzana 00565; la finca número 15 (con vuelta a la calle de Amaniel), parcela catastral 01 de la manzana catastral 99563; la finca número 14 (con vuelta a la calle del Acuerdo), parcela catastral 08 de la manzana catastral 00577; las fincas números 16 (con vuelta a la calle del Acuerdo), 18, 20, 22, 24 y 26, parcelas catastrales 09, 07, 10, 11, 12 y 13 de la manzana catastral 99577. Incluye también el viario de la calle de Montserrat desde el lindero entre las fincas números 12 y 14 de dicha calle, parcelas catastrales 07 y 08 de la manzana catastral 00577, hasta la esquina con la calle del Limón.

En la calle del Acuerdo, las fincas números 15 y 17 (con vuelta a la calle de Quiñones), parcelas catastrales 03 y 02 de la manzana catastral 99555; la finca número 20 (con vuelta a la calle de Quiñones), parcela catastral 01 de la manzana catastral 00568; las fincas números 22 (con vuelta a la calle de Quiñones) y 24, parcelas catastrales 08 y 09 de la manzana catastral 00565. Incluye también el viario de la calle del Acuerdo desde el lindero entre las fincas números 18 y 20, parcelas catastrales 10 y 01 de la manzana catastral 00568, hasta el lindero entre las fincas números 28 y 30, parcelas catastrales 08 y 01 de la manzana catastral 00577.

En la calle de Quiñones, la finca número 15, parcela catastral 02 de la manzana catastral 00568; y las fincas números 8 y 10, parcelas catastrales 06 y 07 de la manzana catastral 00565. Incluye también el viario de la calle de Quiñones desde el lindero entre las fincas 6 y 8, parcelas catastrales 05 y 06 de la manzana catastral 00565 hasta su encuentro con la plaza de las Comendadoras.

En la plaza de las Comendadoras, las fincas números 1 (con vuelta a la calle de Quiñones), 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, parcelas catastrales 01, 13, 06, 07, 08, 09, 10 y 11 de la manzana catastral 99555, así como el espacio de la plaza en su totalidad.

C) Definición gráfica

Se adjunta plano de delimitación del monumento y su entorno de protección.



(03/3.564/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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