Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170221-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

83
Madrid número 3. Procedimiento 903 de 2016, notificación a Valores Pirineos 2, S. L. y otras

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PAULA MATEO ERROZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 03 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 903/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EDUARDO SANZ RUANO frente a EUROTITULOS SA, FONTECILLA SA, INVER PM SL, INVERSIONES INTERMARKETS SICAV SA, ISVARIA SERVICIOS SL, KMR INVESTMENT SL, MADRIGAL PROYECTOS E INVERSIONES SL, VALORES MADRID SA y VALORES PIRINEOS 2 S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado SENTENCIA cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

SENTENCIA N° 18/2017

FALLO

ESTIMO la demanda de despido formulada por D. Eduardo Sanz Ruano contra la entidad Madrigal Proyectos e Inversiones S.L. y, en consecuencia,

DECLARO la improcedencia del despido efectuado por la empresa, condenando a ésta a que readmita al trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, opte por la indemnización de 5.371,60 euros; así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 63,01 euros.

Y ESTIMO la demanda de reclamación de cantidad formulada por D. Eduardo Sanz Ruano contra la entidad Madrigal Proyectos e Inversiones S.L. y, en consecuencia,

CONDENO a ésta a abonar a aquella la cantidad de 1.958,40 euros, incrementada en el interés previsto en el art 29.3 del ET respecto de los conceptos salariales.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con n° 2501-0000-61-0903-16 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a , VALORES PIRINEOS 2 S.L., INVERSIONES INTERMARKET SICAV SA, MADRIGAL PROYECTOS E INVERSIONES SL, VALORES MADRID SA, INVER PM SL, ISVARIA SERVICIOS SL, KMR INVESTMENT SL, FONTECILLA SA y EUROTITULOS SA , en ignorado paradero , expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintitrés de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.582/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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