Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
23-02-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170223-42

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Procedimiento 357 de 2015, notificación a Víctor Manuel Collado Ontiveros

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos número 357 de 2015, por no ser conocido el domicilio de don Víctor Manuel Collado Ontiveros, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia de 29 de noviembre de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimando como estimo la demanda promovida por la procuradora de lis Tribunales doña Ana Caro Romero en nombre y representación de doña María del Carmen Roldán Fernández, contra don Víctor Manuel Collado Ontiveros, sobre divorcio, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído entre ambos litigantes, con cuantos efectos son inherentes a ello y en especial, la Medida Definitiva siguiente:

1) Don Víctor Manuel Collado Ontiveros abonará a doña María del Carmen Roldán Fernández en concepto de alimentos para los dos hijos comunes mayores de edad pero dependientes económicamente, la suma de 250 euros por cada uno de ellos (500 euros por ambos). Cantidad que será ingresada por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que al efecto se designe, y que será actualizada anualmente, con efectos del mes de enero de cada año, de acuerdo con el IPC que publique el INE u organismo que lo sustituya. Debiendo abonar también el 50 por 100 de los gastos extraordinarios que generen los menores.

No procede adoptar en este trámite ninguna otra medida.

No procede hacer especial pronunciamiento sobre las costas.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-33-0157-15 de éste Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-33-0157-15.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado rebelde en ignorado paradero a don Víctor Manuel Collado Ontiveros, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/4.998/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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