Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
24-02-2017

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170224-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Resolución de 15 de febrero de 2017, por la que se convocan ayudas por nacimiento o adopción en el municipio de Pozuelo de Alarcón producidos durante el segundo semestre de 2016.

BDNS (Identif.): 332721

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Los beneficiarios serán conjuntamente los progenitores o adoptantes del niño/a/s, titulares del libro de familia o en la certificación literal del Registro Civil en el que figure registrado su nacimiento o adopción.

Si en la citada documentación figurase un solo progenitor o adoptante, será este el único beneficiario.

Asimismo, en los casos de nulidad, separación o divorcio, o en los supuestos en los que los hijos estén, exclusivamente, a cargo del solicitante, será este el único beneficiario.

En todo caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha de solicitud de la ayuda.

Los extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón podrán beneficiarse de esta ayuda siempre que los progenitores que están al cargo del menor tengan residencia legal en España y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública.

Segundo. Objeto.—Ayudas por nacimiento o adopción de hijo/a, como medida de fomento de la natalidad en el municipio de Pozuelo de Alarcón, producidos entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2016, en régimen de concurrencia competitiva

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—El importe global máximo de las ayudas convocadas asciende a 810.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.2312.48007 (“Ayudas económicas”), del presupuesto de gastos de 2017 del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

La ayuda por nacimiento o adopción será de pago único y de hasta 2.500 euros de importe por cada hijo nacido o adoptado, dependiendo de las circunstancias de cada unidad familiar, que se establecen en la convocatoria.

En caso de parto o adopción múltiple, se presentará una solicitud por cada menor nacido o adoptado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 1 y el 31 de marzo de 2017, ambos inclusive

Sexto. Otros datos.—La percepción de estas ayudas será compatible con otras para la misma finalidad concedidas por el Estado, la Comunidad Autónoma de Madrid o por otras Administraciones Públicas.

Pozuelo de Alarcón, a 15 de febrero de 2017.—La concejala de Hacienda y Contratación, Isabel Pita Cañas.

(03/5.912/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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