Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
24-02-2017

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170224-91

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

91
Tres Cantos. Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Comisión Sugerencias

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de octubre de 2016, acordó aprobar inicialmente la modificación del Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones para el municipio de Tres Cantos y someterla a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias, surtiendo esta aprobación inicial efectos definitivos si no se presentan.

Expuesto al público dicho acuerdo y publicado anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 288, de 1 de diciembre de 2016, y transcurrido el plazo de treinta días hábiles siguientes a la fecha de la publicación, no se han presentado reclamaciones ni alegaciones, en consecuencia queda aprobado de forma definitiva por lo que se procede a la publicación del texto íntegro modificado del Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrando en vigor a los veinte días de la publicación, ordenándose dicha publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su entrada en vigor, con el siguiente tenor literal:

Modificación del Reglamento Orgánico de la Comisión de Especial de Sugerencias y Reclamaciones

Quedando redactados los apartados a) y b) del artículo 7 y el primer párrafo del artículo 10, en el siguiente sentido, permaneciendo invariable el texto del resto de dichos artículos:

Artículo 7. Funciones.—La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones desarrollará las siguientes funciones:

a) Recibir las reclamaciones y sugerencias de los vecinos, por retrasos, desatenciones o deficiencias en el funcionamiento de los servicios municipales, tanto del propio Ayuntamiento, como de sus organismos.

b) Recibir las iniciativas o sugerencias formuladas por los ciudadanos para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites administrativos, así como, con carácter general, para cualquier medida que suponga un mayor grado de satisfacción de la ciudadanía en sus relaciones con el Ayuntamiento de Tres Cantos.

El anterior apartado b) pasa a ser el c).

Artículo 10. Derechos de los interesados.—Los interesados podrán presentar sugerencias y/o reclamaciones, ante la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones, de las deficiencias observadas en el funcionamiento de los servicios municipales.

Tres Cantos, a 10 de febrero de 2017.—El alcalde-presidente, Jesús Moreno García.

(03/5.313/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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