Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
24-03-2017

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170324-6

Páginas: 14


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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RESOLUCIÓN 1/2017, de 27 de febrero, de la Dirección General de Inspección y Ordenación, por la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2017.

La Orden 418/2016, de 20 de mayo, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen los criterios de actuación en materia de inspección sanitaria y se aprueba el Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid para el período 2016 a 2018, aprobó, igualmente, en su Anexo III el Plan Integral de Inspección de Sanidad para el año 2016.

Teniendo en cuenta las especificidades de actualización requeridas para la aplicación de los Programas Parciales de Inspección de la Consejería de Sanidad durante el año 2017, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de la referida Orden, que faculta a la Dirección General de Inspección y Ordenación para adoptar las medidas de desarrollo y ejecución de la misma, así como de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de la Orden 922/2009, de 17 de diciembre, por la que se fijan los criterios de elaboración y seguimiento del Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la composición y funciones de la Comisión de Coordinación de las Inspecciones de la Consejería de Sanidad,

RESUELVO

Primero

Actualizar el Anexo III de la Orden 418/2016, de 20 de mayo, estableciendo los Programas de Inspección de Sanidad a desarrollar durante el año 2017 y que, a continuación, se relacionan:

1. Plan de Inspección de la Dirección General de Inspección y Ordenación

1.1. Plan Parcial de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

Objetivo general: El objetivo del plan es velar por la seguridad de la asistencia que recibe el ciudadano en todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad de Madrid, así como en los vehículos de transporte sanitario, comprobando su adecuación a los requisitos establecidos en la normativa de aplicación.

1.1.1. Programas básicos de inspección.

1.1.1.1. Programa básico de inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Objetivo: Comprobar que los centros y servicios y establecimientos sanitarios reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente referentes a planta física, personal y medios y que cumplen con las normas mínimas de funcionamiento, previamente a la concesión de su autorización sanitaria.

1.1.1.2. Programa básico de inspección de vehículos para transporte sanitario terrestre.

Objetivo: Comprobar que los vehículos de transporte sanitario reúnen los requisitos técnico-sanitarios previstos en la legislación vigente, previamente a la emisión de su certificación técnico-sanitaria.

1.1.2. Programas de inspección de oficio.

Objetivo: Garantizar que la asistencia prestada en los centros, servicios y establecimientos sanitarios se efectúa en condiciones de seguridad para el usuario y de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

1.1.2.1. Programa de comprobación de la existencia y vigencia de la autorización sanitaria de funcionamiento.

1.1.2.2. Programa de seguimiento del cumplimiento de los requisitos en centros y servicios sanitarios con mayor índice de riesgo para la salud de la población.

1.1.2.3. Programa de control de vehículos de transporte sanitario terrestre.

1.1.2.4. Programa de inspección de denuncias y reclamaciones.

1.1.2.5. Programa para garantizar la seguridad de los pacientes más vulnerables. Valoración de la actividad sanitaria prestada en residencias para personas mayores.

1.1.2.6. Programa específico de centros sanitarios autorizados para la práctica de interrupción voluntaria del embarazo.

1.1.2.7. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios en clínicas dentales.

1.2. Plan Parcial de Inspección Sanitaria.

1.2.1. Programa de optimización de la gestión e inspección de la incapacidad temporal.

Objetivo: Comprobar y asegurar el uso adecuado de la prestación por incapacidad temporal en la población activa general y en la del personal de los centros dependientes de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, mediante la inspección y control de los procesos de incapacidad temporal y mejorando su gestión, en un marco de coordinación con los organismos competentes en la materia.

1.2.2. Programa de optimización de la gestión del visado farmacéutico.

Objetivo: Adecuar la prescripción de los medicamentos y productos sanitarios a las indicaciones autorizadas para aquellos medicamentos en los que se ha establecido el visado de inspección.

1.2.3. Programa de análisis, actualización y homogenización de los informes técnicos de responsabilidad patrimonial en materia de asistencia sanitaria.

Objetivo: Optimizar la calidad de los informes técnicos e introducir mecanismos para reducir el tiempo de respuesta mediante la actualización de su estructura, requisitos de contenido, cálculo de la tasa de concordancia de las conclusiones con la resolución y, en su caso, sentencia judicial recaída y supervisión del circuito de tramitación interna.

1.2.4. Programa de actualización y supervisión en materia de reintegro de gastos.

Objetivo: Mejorar la calidad y tiempo de respuesta de los informes técnicos en materia de reintegro de gastos, mediante la definición de criterios y rediseño de los circuitos de tramitación interna.

1.2.5. Programa de análisis de los expedientes sancionadores instruidos al personal de la Administración Sanitaria de la Comunidad de Madrid.

Objetivo: Analizar y valorar los expedientes disciplinarios instruidos, incluyendo el cálculo de las tasas de concordancia de las propuestas con las resoluciones recaídas y, en su caso, sentencias judiciales, introduciendo los mecanismos de mejora que procedan.

1.3. Plan Parcial de Evaluación Sanitaria.

1.3.1. Programas de Auditoría Hospitalaria.

1.3.1.1. Evaluación del Cumplimiento de los Objetivos de Calidad e Información y Atención al Paciente.

Objetivo: Verificar el cumplimiento de los objetivos que para 2016 fueron fijados a los centros y que se coordinan por las Subdirecciones Generales de Calidad; Humanización de la Asistencia Sanitaria; Información y Atención al Paciente y la Oficina Regional de Coordinación de Salud Mental.

1.3.1.2. Evaluación del Cumplimiento de los Objetivos de Continuidad Asistencial.

Objetivo: Verificar el cumplimiento de los objetivos establecidos para 2016.

1.3.1.3. Adecuación de la prescripción de medicamentos para la esclerosis múltiple (EM) al protocolo establecido en la Comunidad de Madrid.

Objetivo: Verificar el cumplimiento de las indicaciones financiadas y el cumplimiento del protocolo establecido.

1.3.1.4. Adecuación de la prescripción de fármacos antineoplásicos orales (ANEO) al protocolo de Criterios de Uso de ANEO en la Comunidad de Madrid.

Objetivo: Verificar el cumplimiento de las indicaciones financiadas y el cumplimiento del protocolo establecido.

1.3.1.5. Adecuación de la prescripción de los nuevos fármacos hipolipemiantes (anticuerpos monoclonales PCK9: Alirocumab y Evolocumab) a las indicaciones financiadas por el Sistema Nacional de Salud (SNS).

Objetivo: Verificar que la prescripción de estos fármacos se ajusta a las indicaciones financiadas.

1.3.1.6. Evaluación de las Terapias Respiratorias Domiciliarias (TRD).

Objetivo: Conocer la implantación y desarrollo de la oxigenoterapia crónica domiciliaria y del tratamiento ventilatorio del síndrome de apnea del sueño, evaluando la calidad de la prestación, su consumo, las medidas de control y el cumplimiento de las obligaciones de la casa suministradora.

1.3.1.7. Evaluación de la calidad de la prestación del servicio del Centro de Atención Personalizada (CAP).

Objetivos:

— Evaluar el grado de cumplimiento de las obligaciones contractuales de este centro.

— Evaluar la medición del servicio que presta el centro adjudicatario, de la operativa que realiza y el tratamiento de las bases de datos.

— Evaluar el proceso de selección y formación de los recursos humanos.

— Evaluar los procedimientos utilizados y la manualización de los mismos.

— Evaluar el proceso de mejora continua del servicio y sus planes de calidad.

— Evaluar el grado de cumplimiento de los requisitos mínimos sobre especificaciones técnicas, prestación del servicio y recursos humanos que deben cumplir la entidad adjudicataria para la prestación del servicio.

1.3.1.8. Evaluación de la calidad de la prestación del servicio de la Unidad Central de Radiodiagnóstico (UCR).

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de los objetivos correspondientes al área de calidad y seguridad del paciente, establecidos en nuestros hospitales, en la Unidad Central de Diagnóstico.

— Verificar la seguridad del paciente en la organización.

— Verificar la implantación y desarrollo de prácticas seguras.

— Verificar la mejora de la calidad percibida.

— Verificar el desarrollo de la gestión de calidad.

— Verificar el cumplimiento de objetivos de información y atención al paciente.

1.3.1.9. Evaluación de la prestación de la asistencia sanitaria de la insuficiencia renal crónica (IRC).

Objetivos:

— Evaluar la estructura, el funcionamiento y la prestación asistencial de las Unidades de Diálisis en los servicios sanitarios de los centros sanitarios concesionados.

— Verificar la disponibilidad y características funcionales de las Unidades de Diálisis en los centros concesionados para la realización de las actividades objeto del contrato y el cumplimiento de los objetivos asistenciales previstos en el mismo en materia de asistencia sanitaria para el tratamiento de la IRC.

1.3.1.10. Evaluación de la disponibilidad de recursos humanos en servicios sanitarios de centros concesionados del SERMAS.

Objetivos:

— Verificar la disponibilidad y características contractuales del personal que presta asistencia sanitaria especializada en los centros concesionados, para la realización de las actividades objeto del contrato y el cumplimiento de los objetivos asistenciales previstos en el mismo.

— Verificar el desarrollo del plan de formación continuada anual dirigido al personal que presta asistencia sanitaria especializada en los centros concesionados.

1.3.1.11. Programas de Verificación de Pliegos de Prescripciones Técnicas (PPT) y Ofertas de Mejora de los centros licitadores a los Acuerdos Marco/Contratos de Gestión.

Objetivo: Evaluar el grado de cumplimiento de los criterios y requisitos establecidos, por parte de los centros que licitan al Contrato.

1.3.2. Programas de Evaluaciones propias del Área de Evaluación Sanitaria.

1.3.2.1. Informe de Situación de la Metodología de la prescripción ortoprotésica en los Servicios Hospitalarios de Rehabilitación.

Objetivo: Conocer cómo se lleva a cabo la prescripción ortoprotésica y el método de información al paciente sobre la adquisición del dispositivo prescrito.

1.4. Plan Parcial de Inspección y Ordenación Farmacéutica.

1.4.1. Programa de garantía de las instalaciones de las oficinas de farmacia, depósitos de medicamentos y servicios de farmacia.

Objetivo: Verificar, con carácter previo a la obtención de la autorización sanitaria, que las instalaciones propuestas para oficinas de farmacia, depósitos de medicamentos y servicios de farmacia, reúnen los requisitos estructurales, dotación de las instalaciones, personal, medios y normas mínimas de funcionamiento, suficientes para la realización de la actividad sanitaria que normativamente tienen asignada, con las debidas garantías para los usuarios.

1.4.2. Programa de evaluación del funcionamiento y calidad de la actividad de los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos.

Objetivos:

— Evaluar el funcionamiento y la calidad de la actividad de los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos de la Comunidad de Madrid.

— Detectar posibles irregularidades en relación con la custodia, conservación y dispensación de medicamentos.

— Verificar los requisitos estructurales, dotación de las instalaciones, personal, medios y normas mínimas de funcionamiento.

1.4.3. Programa de evaluación del funcionamiento y calidad del servicio de las oficinas de farmacia.

Objetivos:

— Evaluar el funcionamiento y la calidad del servicio prestado por las oficinas de farmacia de la Comunidad de Madrid.

— Detectar las posibles irregularidades denunciadas por los usuarios en relación con la atención prestada en las oficinas de farmacia.

— Verificar la estructura, utillaje y procedimientos para la elaboración de fórmulas magistrales en las oficinas de farmacia.

1.4.4. Programa de control de la dispensación de medicamentos en oficinas de farmacia.

Objetivos:

— Verificar que la dispensación de medicamentos de especial control médico, se realice en el marco de la normativa de aplicación.

— Realizar actuaciones preventivas de posibles problemas en el suministro de medicamentos susceptibles de distribución inversa, cuyo desabastecimiento pueda tener repercusión asistencial para los pacientes, verificando que su dispensación se realiza en el marco de la normativa de aplicación.

— Verificar que la dispensación de medicamentos se realiza conforme a las condiciones de dispensación establecidas para los mismos: prescripción médica, prescripción médica restringida (DH o ECM) o prescripción médica especial (estupefacientes).

1.4.5. Programa de control y seguimiento de la facturación de las oficinas de farmacia a la Consejería de Sanidad.

Objetivos:

— Detección y análisis de las oficinas de farmacia con significadas desviaciones individuales de los incrementos intermensuales en facturación de recetas.

— Detección y análisis de casos en los que de manera continuada coexiste la prescripción y dispensación de recetas tradicionales y electrónicas.

— Seguimiento de la dispensación y facturación de medicamentos sobre los que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios haya emitido notas de seguridad.

— Detección de desviaciones en la dispensación y facturación del SERMAS a través de la utilización irregular de las aplicaciones y herramientas informáticas implantadas.

— Seguimiento de las sustituciones y adecuada cumplimentación de las recetas.

1.4.6. Programa de control de la venta de medicamentos por Internet.

Objetivo: Verificar el cumplimiento de la normativa de aplicación en la venta a distancia de medicamentos.

1.4.7. Programa de control y seguimiento de la prescripción de los médicos del Servicio Madrileño de Salud y de otros médicos autorizados a prescribir en receta oficial del Sistema Nacional de Salud.

Objetivos:

— Análisis y seguimiento de la prescripción de los médicos del SERMAS en base a los altos índices de prescripción y/o su distribución y, en general, a cualquier incidencia que aconseje realizar actuaciones.

— Análisis de la prescripción realizada por otros médicos autorizados a prescribir en receta oficial y distribución de la prestación por oficinas de farmacia. Detección de posibles abusos.

— Análisis de la calidad de prescripción ajustada a las recomendaciones o protocolos de tratamiento por patología y criterios de eficiencia.

1.4.8. Programa de evaluación de prescripción en receta electrónica en la Comunidad de Madrid.

Objetivos:

— Análisis y seguimiento de la prescripción en receta electrónica de los médicos del SERMAS. Detección de errores de prescripción y desviaciones en la dispensación.

— Análisis y comprobación de los incrementos de facturación en receta electrónica.

1.4.9. Programa de identificación de incidencias en la Prestación Farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.

Objetivos:

— Detección de los puntos críticos que propician las solicitudes de reintegro de gastos en materia farmacéutica por parte de los usuarios del SNS.

— Análisis y resolución de reclamaciones de usuarios en relación con la prestación farmacéutica.

— Seguimiento de las incidencias en la aplicación de los diferentes niveles de la aportación del usuario o reclamaciones en ese sentido.

1.4.10. Programa de seguimiento del acceso de pacientes crónicos a la prestación farmacéutica.

Objetivos:

— Comprobar que el acceso de pacientes institucionalizados y/o con patologías crónicas a la prestación farmacéutica, en todos sus niveles se realiza siguiendo criterios de transparencia, calidad y eficacia.

— Seguimiento de los programas de mejora de la atención farmacéutica a pacientes crónicos y polimedicados y evaluación de resultados.

1.4.11. Programa de seguimiento de la utilización fraudulenta de recetas oficiales del Sistema Nacional de Salud para obtener medicamentos con fines no terapéuticos.

Objetivo: Detectar la utilización fraudulenta de recetas oficiales del Sistema Nacional de Salud para obtener medicamentos susceptibles de desviación hacia usos no terapéuticos.

1.4.12. Programa de control de estupefacientes.

Objetivo: Comprobar la correcta prescripción y dispensación de estupefacientes en todos los niveles asistenciales del ámbito del SERMAS, así como que las medidas de control y custodia se adecuan a la normativa vigente.

1.4.13. Programa de control de medicamentos en situaciones especiales.

Objetivo: Comprobar la correcta prescripción y dispensación de medicamentos en situaciones especiales se adecuan a la normativa vigente.

1.4.14. Programa de farmacovigilancia.

Objetivo: Comprobar que las actividades de farmacovigilancia de los medicamentos de uso humano se adecuan a la normativa vigente.

1.4.15. Programa de control de mercado, distribución y utilización de medicamentos de uso humano.

Objetivos:

— Controlar la calidad de los medicamentos de uso humano a lo largo de la cadena de utilización para verificar el mantenimiento de las características desde su fabricación.

— Controlar que las condiciones de almacenamiento, conservación, transporte y entrega al destinatario de medicamentos de uso humano por parte de los almacenes farmacéuticos de distribución se realiza de acuerdo a la normativa vigente.

— Verificar el cumplimiento de buenas prácticas de distribución de medicamentos de uso humano.

— Verificar que los descuentos por pronto pago o por volumen de compras que realicen los distribuidores a las oficinas de farmacia se adecuan a la normativa vigente.

1.4.16. Programa de control de medicamentos ilegales y falsificados.

Objetivos:

— Detectar la comercialización de medicamentos sin haber obtenido la preceptiva autorización sanitaria, que podrían suponer un riesgo para la salud de la población por su uso individual y/o concomitante con otros medicamentos.

— Detectar la comercialización de medicamentos falsificados.

1.4.17. Programa de inspección y control de la publicidad de medicamentos y productos sanitarios y otros productos con pretendida finalidad sanitaria y de la publicidad de centros.

Objetivos:

— Vigilar que la publicidad de medicamentos dirigida a profesionales sea objetiva, veraz y cumpla con las exigencias legales establecidas, en todas sus modalidades.

— Evaluar los mensajes sanitarios dirigidos al público que pudieran contener publicidad de medicamentos.

— Garantizar que la información contenida en los mensajes publicitarios de productos sanitarios es objetiva, veraz y cumple con las exigencias legales establecidas.

— Verificar que la publicidad médico-sanitaria ofertada en los centros sanitarios de la Comunidad de Madrid se ajusta a las tipologías y oferta asistencial que tienen autorizada, así como que la publicidad o promoción de productos, materias, sustancias, energías o métodos con pretendida finalidad sanitaria, se ajustan a criterios de veracidad en lo que atañe a la salud y para limitar todo aquello que pueda constituir un perjuicio para la misma.

1.4.18. Programa de inspección de cumplimiento de Buenas Prácticas Clínicas (BPC) en el marco de la investigación con medicamentos.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de la legislación vigente y las normas de BPC en el desarrollo de la investigación con medicamentos para garantizar la protección de los derechos, la seguridad y el bienestar de los pacientes participantes.

— Verificar el cumplimiento de la legislación vigente y correcto funcionamiento de los Comités Éticos de Investigación Clínica acreditados en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

— Verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios exigibles para la certificación de unidades de fase I de investigación clínica en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

1.4.19. Programa de control y seguimiento de alertas farmacéuticas.

Objetivos:

— Seguimiento de las retiradas y otras medidas adoptadas a través de alertas farmacéuticas generadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

— Verificar que las empresas implicadas en un mayor número de alertas farmacéuticas, disponen de procedimientos adecuados que les permitan adoptarlas medidas oportunas ante el conocimiento de defectos o riesgos potenciales para la salud de la población en relación con la calidad, seguridad o comercialización ilegal de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos u otros productos que por sus características se transmitan como alerta farmacéutica.

1.4.20. Programa de control de medicamentos veterinarios.

Objetivos:

— Supervisar la calidad de los medicamentos veterinarios para verificar el mantenimiento de sus especificaciones desde su fabricación.

— Control de la distribución, almacenamiento y trazabilidad de medicamentos veterinarios de acuerdo a las exigencias contempladas en la legislación.

— Control de la dispensación de medicamentos veterinarios de uso hospitalario, estupefacientes, envases clínicos y procedimiento de suministro a clínicas y hospitales veterinarios.

— Control de los gases medicinales en el ejercicio profesional veterinario y sus depósitos, así como seguimiento de la utilización de medicamentos en los botiquines veterinarios, supervisión de la prescripción excepcional, a fin de evitar desviaciones a usos no autorizados de medicamentos humanos a veterinaria.

— Participación en los programas nacionales de recogida y evaluación de notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos veterinarios.

— Control de la publicidad de medicamentos veterinarios, verificando su adecuada promoción así como el control de páginas web.

— Control de medicamentos extranjeros y su comunicación por vacío terapéutico.

1.4.21. Programa de control de la fabricación, importación y distribución de productos sanitarios y cosméticos.

Objetivos:

— Supervisar la calidad de los productos sanitarios y cosméticos para verificar el mantenimiento de las características desde su fabricación o importación.

— Supervisar el almacenamiento, conservación, trazabilidad y vigilancia de los productos sanitarios distribuidos de acuerdo con las exigencias contempladas en la legislación.

— Supervisar que los fabricantes de productos sanitarios a medida reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente referentes a instalaciones, personal y medios, así como las normas mínimas de funcionamiento, previo a la concesión de su autorización sanitaria.

1.4.22. Programa de inspección y control de denuncias y reclamaciones en relación con riesgos sanitarios por incumplimiento de la legislación en materia de productos sanitarios y cosméticos.

Objetivo: Verificar los hechos denunciados en relación con los requisitos establecidos en la legislación vigente, relacionados con establecimientos de venta con adaptación individualizada, y comercialización de los productos sanitarios y cosméticos.

2. Plan de Inspección de la Dirección General de Salud Pública

2.1. Plan parcial de inspección en Sanidad Ambiental.

Objetivo General: Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de vigilancia, inspección y control de los factores ambientales y aspectos de salud laboral en la Comunidad de Madrid para preservar la salud de los ciudadanos.

2.1.1. Programa de intervención y evaluación sobre riesgos ambientales en salud.

Objetivos:

— Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de muestras de aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas.

— Prevenir el riesgo químico para la salud mediante la inspección para comprobar el cumplimiento de la normativa Europea en las empresas de productos químicos de la CM (Reglamento Europeo de Sustancias y Productos Químicos (REACH); Materiales en contacto con alimentos; Biocidas y Consumidor final: detergentes, pinturas, etc.

— Gestionar las alertas, demandas y reclamaciones en sanidad ambiental referentes a establecimientos, empresas, instalaciones y productos.

— Evaluar el impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos en cumplimiento de la Ley 2/2012 de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad de Madrid.

— Asesoramiento técnico a los municipios para el cumplimiento de la normativa de sanidad ambiental.

— Colaborar, con la administración competente, en la promoción de estrategias de lucha antivectorial y la implantación de programas de control de plagas en municipios de menos de 10.000 habitantes.

2.1.2. Programa de vigilancia del polen y otros determinantes ambientales físicos y químicos con efecto en salud.

Objetivos:

— Vigilar la concentración de polen atmosférico mediante el análisis continuo de sus niveles, por medio de captadores distribuidos por la Región, difundiendo la información polínica a la población general, de riesgo y a los profesionales sanitarios.

— Vigilar la exposición a otros factores ambientales con especial relevancia para la población en los siguientes ámbitos.

— Contaminación atmosférica (ozono troposférico O3, Dióxido de nitrógeno NO2 y otros contaminantes) con la finalidad de mantener informado al sistema sanitario y sociosanitario y facilitar el tratamiento y seguimiento de patologías asociadas.

— Extremos térmicos dentro del Plan de Alerta y Prevención de los efectos del calor en la Comunidad de Madrid al objeto de prevenir y minimizar los efectos de las altas temperaturas en la salud.

— Campos electromagnéticos procedentes de estaciones base de telefonía móvil e infraestructuras eléctricas con el fin de atender las demandas de información de los ciudadanos relacionadas con posibles riesgos para la salud.

— Análisis espacio-temporal de los riesgos ambientales que afectan a la salud a través de Sistemas de Información Geográfica para información al Sistema Sanitario Madrileño.

2.1.3. Programa de vigilancia, intervención y evaluación sobre zoonosis y otros riesgos biológicos.

Objetivos:

— Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia y la toma de muestras en vectores, animales domésticos y fauna silvestre, de: Leishmaniosis, hidatidosis-echinococosis, rabia, parásitos gastrointestinales zoonósicos, etc.

2.1.4. Programa de Autorización y Registro de empresas y establecimientos en el ámbito de la salud pública.

Objetivos:

— Prevenir los riesgos en salud pública derivados de la actividad de las empresas y establecimientos del ámbito de la salud pública, dando cumplimiento al marco normativo nacional y autonómico existente de las siguientes Autorizaciones y Registros Sanitarios:

— Empresas y Establecimientos Alimentarios.

— Establecimientos y Servicios Biocidas.

— Laboratorios de análisis de alimentos.

— Establecimientos de adorno corporal.

— Centros de bronceado mediante radiaciones UVA.

— Auditar el cumplimiento de los requisitos legales exigidos a las empresas para su autorización y registro y, en su caso, realizar la inspección y control de los establecimientos, centros y servicios, así como de las entidades de formación.

2.1.5. Programa de Salud Laboral.

Objetivos:

— Verificar que los servicios de prevención ajenos, sociedades de prevención y entidades auditoras reúnen, en materia sanitaria, los requisitos previstos en la legislación vigente para obtener su acreditación por la autoridad laboral.

— Vigilar, analizar, evaluar y emitir informes a centros sanitarios para prevenir accidentes con riesgo biológico de sus trabajadores.

2.1.6. Programa de control de actividades y empresas funerarias.

Objetivos:

— Verificar las condiciones higiénico-sanitarias en los traslados de cadáveres.

— Comprobar el cumplimiento de las condiciones higiénico sanitarias, funcionales y estructurales fijadas normativamente para la realización de prácticas tanatológicas.

— Supervisar las condiciones higiénicas en exhumaciones de cadáveres.

— Comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y condiciones higiénico-sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y empresas funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con competencias en la materia.

2.2. Plan Parcial de Inspección en Actuación en Adicciones.

Objetivo general: Desarrollar todas las acciones dentro del marco competencial de la Subdirección General de Actuación en Adicciones de la Dirección General de Salud Pública en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, para favorecer la plena aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, tanto en las actividades desarrolladas a través de los centros y servicios de prevención, asistencia e integración de drogodependientes, como en lo referente a la publicidad, venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco.

2.2.1. Programa de inspección de centros y servicios de prevención, asistencia y reinserción de drogodependientes.

Objetivos:

— Comprobar que los centros y servicios desarrollan actividad en drogodependencias en la Comunidad de Madrid, cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente.

— Comprobar el cumplimiento de los convenios y contratos suscritos por la Subdirección de Actuación en Adicciones con centros y servicios de prevención, asistencia y reinserción de drogodependientes.

2.2.2. Programa de inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco, en centros y establecimientos comerciales y de hostelería.

Objetivos:

— Inspeccionar los establecimientos de la Comunidad de Madrid, que son objeto de denuncia o reclamación.

— Verificar que la venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco se limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.

— Comprobar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente respecto a la venta, suministro y dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco a los menores de dieciocho años.

— Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.

2.2.3. Programa de inspección y control de denuncias recibidas en relación con el incumplimiento de la normativa vigente en el consumo, la dispensación y venta, la promoción y la publicidad de alcohol y tabaco.

Objetivos:

— Verificar los hechos denunciados en relación con la prohibición expresa de venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en aquellos lugares donde la normativa vigente lo prohíba expresamente.

— Verificar el cumplimiento de los actos de promoción y publicidad sobre las limitaciones a la venta, consumo y suministro de alcohol y tabaco.

— Comprobar el cumplimiento de las medidas de autocontrol y autolimitación entre las empresas anunciadoras de bebidas alcohólicas y tabaco.

— Verificar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de publicidad de tabaco y bebidas alcohólicas.

2.2.4. Programa de inspección y control del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco en centros sanitarios.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de tabaco en los centros sanitarios y sus dependencias.

— Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la información sobre la prohibición de consumo de tabaco y bebidas alcohólicas en los centros de trabajo y sus dependencias.

2.2.5. Programa de inspección y control del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco en centros docentes, universitarios, formativos, áreas deportivas y polideportivos.

Objetivos:

— Verificar la prohibición expresa de venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en los centros educativos de enseñanza infantil, primaria, secundaria, especial y polideportiva, así como en la enseñanza universitaria.

— Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.

2.2.6. Programa de inspección y control de las redes sociales e internet de aquellos contextos que supongan riesgo para los menores de edad.

Objetivos:

— Control y verificación de las páginas que suministren, publiciten o vendan alcohol y/o tabaco por internet.

— Control y verificación de la publicidad o la exaltación de la bulimia/anorexia por páginas digitales o redes sociales.

— Control y verificación de las páginas de internet que promocionen la ludopatía, el juego y las apuestas “on line” dirigido a menores de edad.

2.3. Plan parcial de inspección calidad alimentaria.

2.3.1. Programa de control de la calidad alimentaria de los productos alimenticios producidos y/o comercializados en la Comunidad de Madrid.

Objetivos:

— Inspeccionar la calidad de los productos alimenticios para la prevención del fraude y la protección del consumidor en el ámbito alimentario, mediante la vigilancia y control de establecimientos y productos verificando su identidad, peso, composición o trazabilidad, entre otros, en las distintas fases de la cadena alimentaria.

— Analizar e inspeccionar grupos de alimentos en los lineales de distribución y venta de productos alimenticios para prevenir el fraude, adoptando las medidas necesarias en caso de incumplimientos.

2.3.2. Programa de control de la publicidad engañosa de los productos alimenticios producidos y/o comercializados en la Comunidad de Madrid.

Objetivos:

— Vigilar y controlar las indicaciones obligatorias y los mensajes nutricionales y de propiedades saludables incluidos en el etiquetado de los alimentos para asegurar el derecho de los consumidores a recibir una información veraz.

— Vigilar y controlar la publicidad relacionada con propiedades nutricionales y saludables de los alimentos evitando situaciones de engaño a los consumidores.

— Control específico de la publicidad engañosa de los llamados “productos milagro” en etiquetado, páginas web y otras publicaciones.

2.4. Plan Parcial de Inspección en Higiene y Seguridad Alimentaria.

Objetivo general: Prevenir las enfermedades relacionadas con los alimentos y la exposición de las personas a los agentes capaces de causar enfermedades vía alimentaria, a través del control oficial de establecimientos alimentarios y alimentos.

2.4.1. Programa de inspección y apoyo al control oficial.

Objetivos:

— Realizar inspecciones de los establecimientos alimentarios y de las empresas de transporte de alimentos en base a criterios de riesgo.

— Realizar inspecciones de seguimiento de los incumplimientos detectados en los establecimientos alimentarios.

— Realizar inspecciones para la inscripción y/o autorización en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios.

— Realizar inspecciones ante los brotes de toxiinfección alimentaria y denuncias en materia de seguridad alimentaria.

2.4.2. Programa de implantación de sistemas de autocontrol.

Objetivos:

— Verificar a través de auditorías que los establecimientos alimentarios garantizan la higiene de los productos alimenticios comercializados mediante la implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC.

— Evaluar los sistemas de seguridad alimentaria propuestos por asociaciones sectoriales, entidades y empresas de las que dependen colectivos de establecimientos alimentarios.

— Fomentar la implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC en las pequeñas empresas siguiendo criterios de flexibilidad.

2.4.3. Programa de control de la información y la composición alimentaria.

Objetivos:

— Mejorar el cumplimiento de la legislación a fin de que los productos alimenticios destinados a ser puestos a disposición del consumidor contengan la información de seguridad alimentaria establecida en las disposiciones legales.

— Reducir la aparición de riesgos derivados de una incorrecta información de alimentos entregados al consumidor final.

— Reducir la aparición de riesgos derivados del uso incorrecto de ingredientes tecnológicos presentes en los alimentos, de tratamientos de irradiación no autorizados y de OMG no autorizados o declarados en el etiquetado.

— Reducir la aparición de riesgos vinculados a la presencia de gluten y de alérgenos no declarados en los alimentos de acuerdo con la normativa vigente.

— Reducir la aparición de riesgos para la salud de las personas vinculados al consumo de complementos alimenticios y de productos destinados a una alimentación especial.

2.4.4. Programa de gestión de alertas alimentarias en la Comunidad de Madrid.

Objetivos:

— Reducir la aparición de riesgos para salud de las personas mediante la retirada del mercado de los alimentos en los que se hayan detectado peligros.

— Gestionar e inspeccionar con motivo de las alertas alimentarias activadas en España a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información.

— Coordinar las actuaciones ante alertas alimentarias con los Servicios de Inspección del Ayuntamiento de Madrid, los Servicios de Salud Pública de las áreas y otros puntos de contacto.

— Actuar ante las notificaciones de expedientes del Sistema Rápido de Alertas en Alimentos y Piensos trasladados por la Comisión Europea.

2.4.5. Programa de vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos.

Objetivos:

— Identificar los peligros priorizados de naturaleza biológica mediante muestreos y análisis programados: Patógenos zoonóticos, incluidas sus resistencias antimicrobianas y criterios microbiológicos.

— Identificar los peligros priorizados de naturaleza química mediante muestreos y análisis programados: Contaminantes alimentarios, residuos de plaguicidas, residuos de medicamentos veterinarios y migraciones de materiales en contacto con alimentos.

— Identificar el agente causal de los brotes de origen alimentario que se declaran en la Comunidad de Madrid, mediante los muestreos y análisis practicados por los servicios oficiales en el curso de las investigaciones epidemiológicas.

— Muestreo para determinación de la composición de alimentos y verificación del etiquetado nutricional.

— Actuar ante los incumplimientos analíticos obtenidos en los muestreos programados: Retiradas de mercado, propuesta de inicio de expediente sancionador o nueva toma de muestras y comunicaciones.

— Activar el Plan de Sospechosos en los Mataderos de la Comunidad de Madrid ante notificaciones de explotaciones ganaderas recibidas a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI).

2.4.6. Programa de control oficial de mataderos.

Objetivos:

— Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección ante mortem e inspección post mortem de los animales destinados a consumo humano.

— Verificar que los mataderos cuentan con procedimientos acordes a la legislación aplicable en relación con el estado de limpieza de los animales, su documentación de traslado e información sobre cadena alimentaria, su estado de salud y su identificación.

— Controlar los aspectos del bienestar animal en la estabulación y en el sacrificio.

— Verificar que los establecimientos gestionan los subproductos y el Material Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en la cadena alimentaria.

— Verificar que la técnica para las investigaciones de trichinella se efectúa acorde con los criterios establecidos en la normativa.

2.4.7. Programa de control oficial de establecimientos de manipulación de caza silvestre y salas de tratamiento de reses de lidia.

Objetivos:

— Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección post mortem de los animales destinados a consumo humano.

— Verificar que los establecimientos gestionan los subproductos y el Material Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en la cadena alimentaria.

2.4.8. Programa de control de requisitos de salud pública para la exportación de alimentos.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de los requisitos de salud pública exigidos por las autoridades sanitarias de países terceros a los alimentos exportados desde empresas de la Comunidad de Madrid.

— Gestionar las solicitudes de autorización de establecimientos para exportación de productos alimentarios a países terceros.

— Gestionar las demandas externas relacionadas con la exportación de alimentos.

— Emitir certificados sanitarios de exportación que acompañan a los alimentos.

— Emitir certificados de libre venta.

2.4.9. Programa de auditoría de los sistemas de control en seguridad alimentaria.

Objetivo:

— Verificar mediante auditoría que el sistema de control oficial en materia de seguridad alimentaria es adecuado para alcanzar los objetivos de la legislación pertinente.

3. Programas de Inspección coordinados entre diferentes Direcciones Generales

Se van a realizar, a lo largo del año 2017, actuaciones correspondientes a los siguientes programas incluidos en el Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid para el período 2016 a 2018 en los que participa la Dirección General de Salud Pública en coordinación con otras Direcciones Generales u otros Centros Directivos:

3.1. Programa de Prevención y control de legionelosis.

Objetivo. Minimizar el riesgo de transmisión de legionelosis mediante la inspección y toma de muestras, principalmente en:

— Instalaciones intercambiadoras de calor que emiten aerosoles (torres de refrigeración y condensadores evaporativos).

— Los sistemas de agua caliente sanitaria en establecimientos de uso colectivo, especialmente en los considerados de riesgo, residencias de mayores y hoteles.

— Pulverizadores de agua al ambiente y en spas.

— En instalaciones con antecedentes de riesgo o que tengan malas condiciones higiénico-sanitarias.

Centros directivos implicados:

— Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Sanidad Ambiental. Subdirección General de Epidemiología.

— Servicio Madrileño de Salud.

— Consejería de Política Social y Familia: Agencia Madrileña de Atención Social.

— Madrid Salud.

— Instituto de Salud Carlos III.

3.2. Programa de enfermedades infecciosas emergentes (EIE).

Objetivos:

— Prevenir enfermedades infecciosas en el hombre causadas por virus, bacterias, protozoos y parásitos multicelulares, transmitidas a través de los animales, tanto por contacto directo mediante los fluidos orgánicos o inhalación del aire, como indirecto con la necesaria intervención de vectores como mosquitos, pulgas, garrapatas y otros.

— Protocolizar las actuaciones en materia de sanidad ambiental ante la aparición de una alerta o brote de Enfermedades Infecciosas Emergentes Zoonóticas.

— Vigilancia entomológica y control sanitario ambiental de arbovirus (Dengue, Chikungunya y Zika) transmitidos por vectores en la Comunidad de Madrid.

Centros directivos implicados:

— Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.

— Consejería de Medio Ambiente Administración Local y Ordenación del Territorio.

— Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad.

— Instituto de Salud Carlos III.

— Facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad Complutense de Madrid.

— Facultad de Veterinaria de Zaragoza.

— VISAVET. Centro de Vigilancia de Sanidad Veterinaria.

— Ayuntamiento de Madrid.

— Federación Madrileña de Municipios.

— Red Municipal de Salud Pública.

— Asociaciones del Sector de Control Vectorial.

— Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid: Colegio Oficial de Veterinarios y Colegio Oficial de Farmacéuticos.

3.3. Programa de Prevención y Vigilancia de Leishmaniasis.

Objetivos:

— Vigilancia epidemiológica de la Leishmaniasis como enfermedad endémica regional y de declaración obligatoria en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

— Vigilancia del reservorio (animales de compañía y fauna silvestre), así como del vector.

— Coordinar actuaciones de control ambiental, aplicando medidas de saneamiento.

— Informar a ciudadanos y profesionales.

Centros directivos implicados:

— Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.

— Consejería de Medio Ambiente Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección General del Medio Ambiente y Dirección General de Agricultura y Ganadería.

— Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de las zonas de localización de casos.

— Instituto de Salud Carlos III.

— Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid.

— Administraciones e Instituciones que cuenten con infraestructuras en el ámbito territorial de localización de casos.

— Universidad Complutense de Madrid: Facultad de Ciencias Biológicas y Facultad de Veterinaria.

— VISAVET. Centro de Vigilancia de Sanidad Veterinaria.

— Facultad de Veterinaria de Zaragoza.

3.4. Programa de evaluación de la seguridad alimentaria en los hospitales.

Objetivo: Evaluar los sistemas de seguridad alimentaria desarrollados por los hospitales con respecto a la normativa de higiene de los alimentos.

Centros directivos implicados:

— Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.

— Servicio Madrileño de Salud. Dirección General de Coordinación de la Asistencia Sanitaria.

3.5. Programa de evaluación de la seguridad alimentaria en centros dependientes de entidades y organismos públicos con finalidad social.

Objetivo: Evaluar los sistemas de seguridad alimentaria desarrollados por los centros dependientes de entidades y organismos públicos de finalidad social con respecto a la normativa de higiene de los alimentos.

Centros directivos implicados:

— Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

— Consejería de Políticas Sociales y Familia. Agencia Madrileña de Atención Social.

3.6. Programa de colaboración en bienestar animal y zoonosis en relación a la seguridad alimentaria.

Objetivos:

— Realizar la toma de muestras de animales con lesiones tuberculosas en el marco del programa nacional de erradicación de tuberculosis bovina.

— Trasladar los incumplimientos detectados en materia de bienestar animal durante el transporte al matadero y durante su sacrificio.

— Identificar animales objeto de muestreo en el marco del programa nacional de vigilancia, control y erradicación de la encefalopatía espongiforme bovina.

Centros directivos implicados:

— Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

— Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección General de Agricultura y Ganadería. Subdirección General de Recursos Agrarios.

3.7. Programa de investigación de residuos y sustancias en animales y sus productos.

Objetivos:

— Realizar la toma de muestras en animales y productos de origen animal para analizar residuos de medicamentos y otras sustancias químicas en el marco del Plan Nacional de Investigación de Residuos (PNIR).

— Trasladar los incumplimientos detectados en los análisis y realizar las investigaciones consecuentes.

Centros directivos implicados:

— Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

— Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección General de Agricultura y Ganadería. Subdirección General de Recursos Agrarios.

Segundo

La presente actualización del Plan de Inspección para 2017 se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y entrará en vigor al día siguiente al de dicha publicación.

Madrid a 27 de febrero de 2016.—El Director General de Inspección y Ordenación, Adolfo Ezquerra Canalejo.

(03/10.185/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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