Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170404-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

193
Madrid número 39. Procedimiento 1.192 de 2015, notificación a Daniel Ianc

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1192/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. JESICA GUTIERREZ DIAZ frente a D. DANIEL IANC sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

F A L L O

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. JESICA GUTIÉRREZ DÍAZ, frente a DANIEL IANC, con intervención de FOGASA, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 500 euros en concepto de salarios dejados de percibir, con los intereses previstos en el Fundamento Jurídico Cuarto de esta resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que es Firme y que contra la misma No cabe interponer Recurso de Suplicación.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. DANIEL IANC , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a ocho de marzo de dos mil diecisiete .

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.048/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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