Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2017

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170404-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

37
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución 136/2017, de 23 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de premios del III Certamen para el Fomento del Emprendimiento en el municipio de Fuenlabrada. Ejercicio 2017

BDNS (Identif.): 339620

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

1. Requisitos de los beneficiarios.—Pueden participar tanto personas físicas como pequeñas o medianas empresas, bajo cualquier forma jurídica, que estén constituidas a partir del 1 de marzo de 2015, cuyo volumen de negocio anual no supere los 10.000.000 de euros y con una plantilla inferior a cincuenta trabajadores. Asimismo, deben realizar la actividad empresarial en el municipio de Fuenlabrada y/o tener el domicilio fiscal o social en el municipio. Están excluidos los proyectos ganadores en ediciones anteriores.

2. Documentación a aportar.—Las solicitudes deberán cumplimentarse a mediante los formularios publicados a tal efecto y disponibles en la página web. Deberán presentarse en el Registro del CIFE (o enviar por correo certificado) durante el plazo comprendido entre el 27 de marzo y el 28 de abril de 2017.

a) Impreso de solicitud (anexo I).

b) Breve plan de empresa o memoria explicativa del proyecto empresarial (incluyendo información económica (anexo II).

c) Declaración responsable del cumplimiento de la normativa tributaria, contractual y laboral. La veracidad de los datos será condición indispensable para la plena participación en esta convocatoria. Si se acreditara la falsedad de alguno de los datos aportados, la organización anulará dicha participación o llegado el caso no dará validez a la candidatura en cualquiera de las categorías (anexo III).

d) Documentación acreditativa de los requisitos exigidos para ser beneficiario o beneficiaria del premio (fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad, fotocopia de los documentos de identidad de los socios y fotocopia de la declaración censal).

e) Aquellas empresas que resulten candidatas al premio, y solo en este caso, podrán ser requeridas para aportar la documentación acreditada en la declaración jurada. A partir de este momento las empresas dispondrán de un plazo de tres días naturales desde la fecha de comunicación para presentar la documentación solicitada.

3. Premios.—Se procederán a conceder tres premios en metálico correspondiente a los tres proyectos de emprendimiento que obtengan la mayor puntuación del jurado en base a los criterios aprobados:

— Primer premio: 10.000,00 euros.

— Segundo premio: 5.000,00 euros.

— Tercer premio: 3 .000,00 euros.

Asimismo, el jurado podrá realizar tres menciones sobre buenas prácticas (sin dotación económica) a iniciativas empresariales que destaquen en los siguientes ámbitos: igualdad-conciliación, diversidad funcional, empresas saludables.

4. Criterios objetivos de reparto.—Aparecen recogidos en el artículo 6.

5. Crédito presupuestario.—Existe contabilizado gasto por importe de 18.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 4109/241/48100. Este gasto está condicionado a la recepción de la autorización preceptiva de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Fuenlabrada, a 3 de marzo de 2017.—El vicepresidente CIFE, Francisco Manuel Paloma González.

(03/10.382/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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