Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2017

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170404-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

OTROS ANUNCIOS

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San Agustín del Guadalix. Otros anuncios. Notificaciones vehículos abandonados

De acuerdo con la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la Ley 10/1998, de Residuos, y la ordenanza municipal para la protección de los espacios públicos, el titular de un vehículo en estado de abandono está obligado a retirarlo de la vía pública. Habiendo intentado notificar sin éxito a los propietarios de los vehículos en los datos de la Jefatura Provincial de Tráfico y que se relacionan a continuación, se procede a notificar mediante edicto la siguiente relación:

Número de orden. — Matrícula. — Marca. — Color. — Titular. — Documento nacional de identidad. — Número de expediente

1. — O-6738-BN. — Seat Córdoba. — Gris oscuro. — Javier Rubio Miguel. — 71046443-H. — 9/2016.

2. — CC-0916-K. — Land Rover. — Blanco. — Productos del Cerdo Ibérico, Sociedad Limitada. — A-10055721. — 11/2016.

Se concede un plazo de un mes desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la retirada de los vehículos de la vía pública.

En caso contrario el Ayuntamiento procederá a su retirada de la vía pública y su traslado a depósito, siendo a cargo del propietario los gastos que se generen. Se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles de que los expedientes obran en dependencias municipales, Concejalía de Medio Ambiente, plaza de la Constitución, número 1, 28750 San Agustín del Guadalix (Madrid).

En San Agustín del Guadalix, a 13 de marzo de 2017.—El alcalde de San Agustín del Guadalix, Juan Francisco Figueroa Collado.

(02/9.526/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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