Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
17-04-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170417-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

107
Madrid número 7. Procedimiento 909 de 2014, notificación a Juan José Vargas Franco y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA BELEN GOMEZ RODRIGUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 07 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 909/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BLANCA GAMONAL PONTES frente a D./Dña. ISRAEL ANDAMOYO GARCIA, D./Dña. JUAN JOSE VARGAS FRANCO, D./Dña. MANUEL GARRUCHO MUÑOZ y RANK CENTRO SA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Madrid, a cinco de enero de dos mil diecisiete.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora Dña. BLANCA GAMONAL PONTES de la acción ejercita a este procedimiento y ordenar el archivo de laspresentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2505-0000-61-0909-14.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JUAN JOSE VARGAS FRANCO, D./Dña. ISRAEL ANDAMOYO GARCIA, RANK CENTRO SA y D./Dña. MANUEL GARRUCHO MUÑOZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/10.813/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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