Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170419-257

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 2

257
Alicante número 2. Procedimiento 590 de 2015, notificación a Falcon Contratas y Seguridad, S. A.

EDICTO

JOSÉ AGUSTÍN RIFÉ FERNÁNDEZ-RAMOS, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALICANTE.

POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO HACE SABER:

Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo Social con el n° 000590/2015 por Cantidades instado por JOSE CASTELL BELMONTE frente a FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA, PROTECCION Y SEGURIDAD TECNICA SA y FOGASA se ha dictado sentencia de fecha 15/03/2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: “FALLO: Se tiene por desistido a Don José Castell Belmonte de la acción ejercitada frente a Protección y Seguridad Técnica SA.

Estimo la demanda presentada por Don José Castell Belmonte frente a Falcón Contratas y Seguridad SA, condenando a dicha empresa a que abone al Sr. Castell la suma de 3.301,56 euros, más el interés del 10%.

Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial.

NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes en la forma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que el Recurso procedente contra la misma es el de SUPLICACION, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de lo Social, en el término de CINCO DIAS hábiles a partir del siguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditar el recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficio de justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto de condena en la cuenta corriente n° 0111 clave 65 (pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario), con indicación del número de procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haber consignado, como depósito en efectivo la suma de 300 Euros. En la cuenta corriente n° 0111 clave 67, ambas en el SANTANDER sucursal sita en la Avenida Aguilera 37-39-41, Alicante.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo el Ilmo/a. Sr/a. D./Dña. MARIA PILAR MARIN ROJAS, Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social N° Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. EL LETRADO DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Y PARA QUE SIRVA DE NOTIFICACIÓN A LA EMPRESA FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD, S. A. CUYO PARADERO ACTUAL SE DESCONOCE Y EL ÚLTIMO CONOCIDO LO FUE EN RONDA DE PONIENTE 13, CP 28760 TRESCANTOS (MADRID) Y A SU ADMINISTRADOR CARLOS SANCHEZA SANCHO expido el presente en Alicante a dieciséis de marzo de dos mil diecisiete para su inserción en el B.O.P.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/11.305/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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