Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170427-22

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Estructura orgánica

Decreto de 5 de abril de 2017, de la alcaldesa, por el que se modifica el Decreto de 13 de junio de 2015, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Decreto de 13 de junio de 2015, de la alcaldesa, se estableció el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

La experiencia acumulada desde el inicio del mandato ha permitido comprobar la necesidad de incorporar el fomento de la cooperación público-social, entendiendo esta como un nuevo modelo de gobernanza en el que las Administraciones Públicas y la ciudadanía actúan conjuntamente para la consecución de fines comunes de interés público.

Como muestra del compromiso municipal con este modelo, la cooperación público-social pasa a un plano orgánico, por lo que se modifica la denominación del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Asociaciones, que pasa a ser Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, incorporando además la competencia en materia de cooperación público-social.

Asimismo, se sustituye la referencia a los Consejos Territoriales de Distrito por la relativa a los Foros Locales de los Distritos, tras la entrada en vigor del Reglamento Orgánico de Funcionamiento de estos últimos.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 14.3.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y de conformidad con lo previsto en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid,

DISPONGO

Artículo único. Modificación del Decreto de 13 de junio de 2015, de la alcaldesa.—Modificar el Decreto de 13 de junio de 2015, de la alcaldesa, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, en los términos que a continuación se indican:

Uno. En el artículo 1, relativo a la “Estructura”, se modifica el punto 2, que queda redactado en los siguientes términos:

“2. Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social”.

Dos. En el artículo 2, relativo a las “Competencias”, se modifican los puntos 2 y 3, que quedan redactados en los siguientes términos:

“2. Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social: le compete el impulso, supervisión y coordinación de planes territoriales (especiales de inversión, de barrio, de acción inmediata), coordinación y supervisión de la ejecución de las políticas municipales en los Distritos, planificación y supervisión del proceso de descentralización municipal, supervisión del funcionamiento de los Plenos y Foros Locales de los Distritos y recepción y seguimiento de las relaciones con las organizaciones sociales. Asimismo, se encargará del impulso de la cooperación público-social y de los programas y convenios de colaboración para su desarrollo.

3. Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, con rango de área de gobierno: portavoz de la Junta de Gobierno, relaciones con el Pleno, dirección de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y la Secretaría de la Comisión Preparatoria y Medios de Comunicación.

De conformidad con los principios de austeridad en el gasto público y simplificación organizativa, los servicios comunes de las Áreas de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social y Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, corresponderán a la Secretaría General Técnica de esta última”.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Entrada en vigor.—El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Comunicación al Pleno.—Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 6 de abril de 2017.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

(03/13.003/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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