Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2017

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170504-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

URBANISMO

55
Fuente el Saz de Jarama. Urbanismo. Proyecto normalización fincas

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada con fecha 16 de marzo de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“Punto número 4.—Aprobación definitiva del proyecto de normalización de fincas de la manzana 1 de la unidad de actuación número 10 (UA-10) de las anteriores Normas Subsidiarias de planeamiento de Fuente el Saz de Jarama (Madrid). Expediente: 121/2016.

1.o Aprobar definitivamente el proyecto de normalización de fincas de la manzana 1 de la unidad de actuación número 10 (UA-10) de las anteriores Normas Subsidiarias de planeamiento de Fuente el Saz de Jarama (Madrid), expediente número 121/2016, conforme al proyecto técnico presentado con fecha 16 de agosto de 2016, RE número 3.954.

2.o Firme en vía administrativa el acuerdo de aprobación del proyecto de normalización de fincas, el promotor deberá depositarlo en el Registro de la Propiedad para la práctica de los asientos que correspondan. Para ello, el Ayuntamiento facilitará una resolución de firmeza junto con 3 ejemplares del proyecto diligenciado y, en su caso, certificación administrativa con las formalidades previstas, en su caso, en los artículos 2 y 6 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban normas complementarias para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de los actos de naturaleza urbanística. Asimismo, el promotor puede optar por elevarlo a escritura pública.

3.o Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de edictos del Ayuntamiento y en uno de los periódicos de mayor circulación en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

4.o Notificar el presente acuerdo a todos los interesados”.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente a derecho.

Fuente el Saz de Jarama, a 4 de abril de 2017.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(02/12.541/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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