Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170510-162

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

162
Madrid número 21. Procedimiento 487 de 2016, notificación a Inicia Proyectos y Desarrollos, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 487/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO MIGUEL HIDALGO PASTOR frente a INICIA PROYECTOS Y DESARROLLOS, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA

En Madrid, a 24 de marzo de 2017.

Don Arturo Rodríguez Lobato, Magistrado-Juez Sustituto del JUZGADO DE LO SOCIAL N° 21 DE MADRID, ha visto los presentes autos sobre Cantidad n° 487/2016, promovido por D. ANTONIO HIDALGO PASTOR contra INICIA PROYECTOS Y DESARROLLOS, SL

FALLO

Que estimo parcialmente la demanda de cantidad interpuesta por D. ANTONIO HIDALGO PASTOR contra INICIA PROYECTOS Y DESARROLLOS, SL, debo condenar y condeno a INICIA PROYECTOS Y DESARROLLOS, SL a abonar a D. ANTONIO HIDALGO PASTOR la cantidad de 7.300,85 euros brutos, por los conceptos que se detallan en el hecho probado tercero.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado n° 21 acreditando mediante la representación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta n° IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 concepto 2519-0000-65- 1012-16 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INICIA PROYECTOS Y DESARROLLOS, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.453/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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