Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170510-196

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

196
Madrid número 32. Ejecución 340 de 2016, notificación a Neumáticos Canillejas, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 340/2016 E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN PEDRO SARDINERO SANTIN frente a NEUMÁTICOS CANILLEJAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. JUAN PEDRO SARDINERO SANTIN con las empresas NEUMÁTICOS CANILLEJAS SL condenando a estas a que abonen a aquel/lla la cantidad de 26.780,166 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad de 24.447,04 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2805-0000-64-0340-16.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

MARÍA LUISA GIL MEANA.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NEUMÁTICOS CANILLEJAS SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de abril de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.126/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170510-196