Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170511-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 5

68
Móstoles número 5. Procedimiento 657 de 2016, notificación a Álvaro Sánchez González

EDICTO

Doña Águeda García Villegas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Móstoles.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 657/2016, instados por procurador don Francisco Franco González, en nombre y representación de comunidad de propietarios de calle Pintor Ribera, número 8, contra don Álvaro Sánchez González, en reclamación de 2.189,68 euros, en los que se ha dictado en fecha 3 de marzo de 2017 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que, estimando sustancialmente demanda interpuesta por el procurador señor Franco, en nombre y representación de la comunidad de propietarios calle Pintor Ribera, número 8 de Móstoles, en los autos de juicio verbal seguidos contra don Álvaro Sánchez González, debo condenar y condeno a dicho demandado a abonar a la actora la suma de 2.189,68 euros, así como las cuotas de comunidad de propietarios correspondientes a gastos generales que se hayan devengado y hayan resultado impagadas desde la fecha de presentación de la demanda hasta el mes de abril de 2017, inclusive a razón de 100 euros mensuales, cantidades que devengarán el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda hasta la sentencia, como indemnización de perjuicios por la mora del deudor.

Procede imponer las costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes previniéndoles que en virtud de lo dispuesto en el artículo 455.1. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, reformado por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, no cabe recurso contra la misma, al no superar la cuantía del juicio los 3.000 euros, por lo que deviene firme desde su notificación.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Álvaro Sánchez González y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Móstoles, a 16 de marzo de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.611/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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