Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170511-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 5

72
Valdemoro número 5. Procedimiento 434 de 2015, notificación a Raquel Vicente Valverde

EDICTO

Doña Almudena Martín Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Valdemoro.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 434 de 2015, instados por la procuradora doña María Carolina Sanz Martín, en nombre y representación de “BBVA, Sociedad Anónima”, contra doña Raquel Vicente Valverde, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 15 de marzo de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 38 de 2017

Doña María Yolanda Bonilla Sánchez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 5 de los de Valdemoro, ha visto los precedentes autos de juicio declarativo ordinario seguidos bajo el número 434 de 2015, promovidos por “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María Carolina Sanz Martín y asistida por la letrada doña María Victoria Guerra Gaspar, contra doña Raquel Vicente Valverde, en ejercicio de la acción de reclamación de cantidad en la suma de 14.954,23 euros de principal, más intereses legales y costas, y en consideración al siguiente

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la demandante “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada procesalmente por la procuradora doña María Carolina Sanz Martín, contra doña Raquel Vicente Valverde, en situación de rebeldía procesal, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada doña Raquel Vicente Valverde a que abone a la demandante “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, la cantidad de 13.468,88 euros, más los intereses legales desde la fecha de la presente resolución hasta el completo pago de la cantidad a la que ha sido condenada.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada, conforme a los fundamentos expuestos.

Inclúyase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando en las actuaciones testimonio, haciendo saber a las partes que, de conformidad con la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, al artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncia, manda y firma doña María Yolanda Bonilla Sánchez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Valdemoro y su partido.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Raquel Vicente Valverde y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Valdemoro, a 15 de marzo de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.548/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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