Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170511-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

102
Madrid número 11. Ejecución 61 de 2017, notificación a Mad Hall, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 61/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA ISABEL ZARAGOZA MARTIN frente a 08 BCN HALL, SL y MAD HALL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a tres de abril de dos mil diecisiete.

PARTE DISPOSITIVA

Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre la demandante, Dª Ana Isabel Zaragoza Martín, y, las empresas demandadas “08 BCN HALL S.L.” y MAD HALL S.L., con efectos de esta misma fecha, sustituyendo la obligación de readmisión incumplida por dichas demandadas, por una indemnización en cuantía de 1.897,28 euros, que deberá ser abonada solidariamente por las mismas, así como la cantidad total de otros 8.780,80 euros, por el concepto de salarios de tramitación.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2509-0000-00-0726-16

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

EL MAGISTRADO-JUEZ

Doña Ana Victoria Jiménez Jiménez

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MAD HALL, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la provincia de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.417/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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