Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170516-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

119
Madrid número 36. Ejecución 200 de 2015, notificación a Fundación de Estudios Municipales y Territoriales

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGUSTIAS CARO VIDA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 36 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 200/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOAQUIN IBORRA ORTEGA frente a FUNDACION DE ESTUDIOS MUNICIPALES Y TERRITORIALES sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil diecisiete

El anterior escrito presentado por la parte ejecutante D. JOAQUIN IBORRA ORTEGA únase a los autos de su razón con traslado a las partes teniendo por vertidas las manifestaciones contenidas en el mismo a los efectos legales pertinentes.

Asimismo, reitérese el requerimiento efectuado a la parte ejecutante en resolución de fecha 21/09/2016 en su párrafo segundo a fin de que en el plazo de CUATRO DIAS proceda al cumplimiento del mismo, bajo apercibimiento de dictar insolvencia provisional.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FUNDACION DE ESTUDIOS MUNICIPALES Y TERRITORIALES , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintiuno de abril de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.950/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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