Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2017

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170517-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

OTROS ANUNCIOS

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Torrejón de Ardoz. Otros anuncios. Acuerdo barrio de Cobos

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de abril de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:

Ante los problemas de convivencia que se generan en las calles Zamora, Valladolid y Segovia del barrio de Cobos, y atendiendo las solicitudes realizadas por escrito por numerosos vecinos de este barrio solicitando mayor control en los horarios de los comercios y requiriendo al Ayuntamiento su intervención al respecto.

Así como los informes de Policía Local en los que se vienen a señalar las múltiples incidencias e intervenciones policiales ocasionadas en algunos de los locales comerciales y áreas de influencia de las calles mencionadas.

Estando declarado el barrio de Cobos como Zona Saturada, en virtud del artículo 9 de las ordenanzas de protección contra la contaminación acústica, ruidos y vibraciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para mejorar la convivencia en esta zona y el descanso de los vecinos se propone se establezcan las siguientes medidas en las calles Zamora, Valladolid y Segovia (de los portales 4 al 18 y 1 al 19):

— Limitación de horario, fijándose el horario de cierre a las veinticuatro horas y de apertura de seis horas.

— Prohibición de nuevas actividades ruidosas.

— Prohibición de la ampliación de las actividades existentes.

Este acuerdo se publicará y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Torrejón de Ardoz, a 27 de abril de 2017.—El concejal-delegado de Urbanismo y Seguridad, PD (DA de 10 de julio de 2015), José Luis Navarro Coronado.

(03/14.876/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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