Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170517-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

117
Madrid número 24. Ejecución 53 de 2017, notificación a Progistics Almacenaje y Distribución, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 53/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FERNANDO GIL CHINCHON frente a PROGISTICS ALMACENAJE Y DISTRIBUCION SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

DISPONGO: Declarar extinguida la relación laboral que en su día hubo entre el trabajador D. FERNANDO GIL CHINCHÓN y la empresa PROGISTICS ALMACENAJE Y DISTRIBUCIÓN, S. L. y condenar como condeno a esta última a abonar en definitiva a aquél la suma de nueve mil novecientos cuarenta y tres euros con cincuenta y seis céntimos, como indemnización; y la de veintiún mil ochocientos doce euros con sesenta y ocho céntimos, como salarios de tramitación.

Firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones poniendo nota en el libro de registro de su razón, sin perjuicio de que pueda instarse su ejecución.

Notifíquese la presente a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROGISTICS ALMACENAJE Y DISTRIBUCION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.141/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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