Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170518-24

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcorcón. Régimen económico. Matrícula IVTM 2017

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 15 de marzo de 2017, se ha aprobado el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año 2017. En este sentido, se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que la matrícula estará expuesta en el Departamento de Rentas (plaza de los Reyes de España, número 1) durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En el plazo de un mes desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago podrá interponer los siguientes recursos:

— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto. En este caso no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.

— Directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Administrativas de Alcorcón, dirigida al órgano que dictó el órgano.

— Cualquier otro que estime pertinente.

El plazo de ingreso en voluntaria, atendiendo al decreto de Alcaldía-Presidencia de 19 de enero de 2017, por el que se ha aprobado el calendario de cobro de tributos municipales de carácter periódico del año 2017, será el comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2017, ambos incluidos.

El ingreso de las cuotas se realizará en las oficinas de los bancos y cajas de ahorro que se indican en los recibos que se enviarán a los domicilios fiscales de los obligados al pago.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcorcón, a 16 de marzo de 2017.—La concejala-secretaria de la Junta de Gobierno Local, Ana Gómez Rodríguez.

(02/10.225/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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