Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2017

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170526-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

66
Madrid número 18. Procedimiento 1.825 de 2016, notificación a Pavels Zdanevics y otros

EDICTO

D./DÑA. JOSE CARLOS GONZALEZ ARNAL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 18 DE MADRID.

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el juicio sobre delitos leves n° 1825/2016 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N° 209

En Madrid a 14 de junio de 2016, el Iltmo. Sr. Don Ángel José Lera Carrasco, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad Madrid, habiendo visto los autos de procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 1825/2016, sobre la presunta falta de hurto, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados El Corte Inglés y Pavels Zdanevics y Edgars Pucens.

FALLO

Que debo condenar y condeno a Pavels Zdanevics y Edgars Pucens, como autores de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena, para cada uno de ellos, de multa de 15 días, con una cuota diaria de 2 euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de este procedimiento, dejando sin efecto el depósito constituido sobre los efectos intervenidos, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.

Y para que conste sirva de notificación de sentencia a D./Dña. PAVELS ZDANEVICS y D./Dña. EDGARS PUCENS, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la presente.

En Madrid, a 27 de abril de 2017.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/15.663/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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