Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170529-170

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

170
Madrid número 21. Procedimiento 617 de 2016-A, notificación a Lumakeal Servicios, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 617/2016-A de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. IBIAN JAQUELINE GONZALEZ ALCANTARA frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL y LUMAKEAL SERVICIOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta a instancia de Dª Ibian Jacqueline González Alcántara, representada y asistida del Letrado D. Antonio Cuadrado Muñoz, contra el Servicio Público de Empleo Estatal, que no comparece pese a estar citado en forma y contra la mercantil “Lumakeal Servicios S.L.”, compareciendo su representante legal D. Antero Cahumel Guzmán, DEBO CONFIRMAR Y CONFIRMO la Resolución de la Directora Provincial del SPEE de Madrid de fecha 20 de enero de 2016, y la posterior de echa 13 de mayo de 2016, con las consecuencias económicas y legales inherentes a dicha declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION para ante la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID, debiendo en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia, de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, pretenda formular recurso deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo Social en de éste Juzgado abierta en el Banco de Santander con el número n° 2519, clave 65, sucursal 1033, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justifica gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros, en esa misma cuenta bancaria.

Asimismo, el que no goce del beneficio de justifica gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros, en esa misma cuenta bancaria.

Así lo acuerda, manda y firma, Dª Silvia Plaza Ballesteros, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social N° 21 de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LUMAKEAL SERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de abril de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.748/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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