Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170530-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

71
Madrid número 6. Ejecución 63 de 2017, notificación a Duernu, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. EVA SAN PABLO MORENO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 63/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. JOSELYN GABRIELA GIL CALZADILLA frente a DUERNU, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado en fecha 08.05.2017 una resolución con la siguiente parte dispositiva:

“En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, Dª ELENA BORNAECHEA MORLANS.

RESUELVE: Decretar la ejecución del fallo de la Sentencia dictada en las presentes actuaciones en fecha 27/01/17, DECLARANDO EXTINGUIDA a partir de esta fecha la relación laboral que vinculaba a Dª JOSELYN GABRIELA GIL CALZADILLA y a la empresa DUERNU, S.L., debiendo abonar esta última a la citada trabajadora 836,19 E en concepto de Indemnización por dicha extinción, así como 6.128,18 E en concepto de Salarios dejados de percibir desde la fecha del despido.

En dichas cantidades se encuentran comprendidas las fijadas en la sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNARLA: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DIAS HABILES siguientes al de su notificación, cuya interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2504-0000-64-0063-17.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DUERNU, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de mayo de dos mil diecisiete.

(03/15.855/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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